Pedicone debe dar respuestas a la Cámara; pero Leiva, no

Pedicone debe dar respuestas a la Cámara; pero Leiva, no

La comisión de Juicio Político archivó los seis planteos contra el vocal de la Corte y admitió los siete pedidos contra el juez de Impugnación.

DELIBERACIÓN. Los oficialistas de Juicio Político votaron sin fisuras en los casos de Leiva y en los de Pedicone. prensa hlt DELIBERACIÓN. Los oficialistas de Juicio Político votaron sin fisuras en los casos de Leiva y en los de Pedicone. prensa hlt

El juez de Impugnación de la Capital Enrique Pedicone tendrá plazo hasta finales de este mes para presentar su descargo en cada uno de los siete expedientes que, en la Legislatura, solicitan su destitución. El vocal de la Corte Daniel Leiva, en cambio, no deberá dar explicaciones.

Esa ha sido la decisión adoptada ayer por la comisión de Juicio Político de la Legislatura, en lo que es el segundo capítulo parlamentario de la denuncia penal explosiva interpuesta el 1 de septiembre. Ese día, Pedicone acusó en el Ministerio Público Fiscal por presunto tráfico de influencias, coacción y violación de los deberes de funcionario público, comenzó a escribirse ayer.

El ex camarista sostiene que el 28 de julio, en el bar Ohana de barrio Norte, el miembro del alto tribunal le pidió que “maneje la intensidad” de la causa penal por supuesto abuso sexual y corrupción contra el legislador Ricardo Bussi, según el opositor fuese más o menos funcional al oficialismo. Agrega que Leiva, supuestamente, realizó la solicitud en nombre del gobernador Juan Manzur y del vicegobernador Osvaldo Jaldo. Pedicone asevera que grabó esa conversación y los audios con que sustenta su denuncia fueron publicados por LA GACETA.

Leiva negó que el diálogo haya existido y dijo que los audios son “armados”. Luego, hizo una contradenuncia: sostuvo que Pedicone actuaba de esa manera como represalia contra la sanción que le había impuesto la Corte, presuntamente, por actuar sin competencia en una causa; y para desviar la atención del hecho de que, supuestamente, dispuso en menos de un años más de cien ceses de prisión preventiva contra procesados por delitos graves.

De esa “materia” están hechos los expedientes que trató ayer la comisión de Juicio Político.

En un caso

Los seis planteos contra Leiva (fueron promovidos por Juntos por el Cambio; por el PRO; por dos abogados en representación de 436 firmantes; por el destituido juez Roberto Guyot; por el abogado Leandro Argañaraz; el estudiante Enzo Yuse Slavik; y por el abogado Gustavo Morales y la gremialista Alejandra Martínez) tenían, como eje común, solicitar la destitución del juez supremo sobre la base de lo denunciado por Pedicone y de los audios.

El presidente de la comisión de Juicio Político, Zacarías Khoder, explicó que como esa cuestión se encuentra “judicializada” porque Pedicone la denunció formalmente en tribunales, ese organismo parlamentario resolvió archivar los expedientes hasta tanto se pronuncie la Justicia. (Se informa por separado)

De los 12 miembros de la comisión, 10 votaron por el archivo: los oficialistas Khoder, Sergio Mansilla, Enrique Bethencourt, Norma Reyes Elías, Gonzalo Monteros, Adriana Nájar, Graciela Gutiérrez, Reneé Ramírez y Carlos Gómez; y el alperovichista Julio Silman. El alfarista Raúl Pellegrini y el republicano Mario Casali votaron por admitir los planteos.

En el otro

Los siete pedidos de destitución contra Pedicone, en cambio, plantean diversas asuntos.

Los tres primeros pedidos de remoción (uno promueve el ex juez Carlos Mayer y los otros dos el ex legislador Juan Eduardo Rojas) son en representación de víctimas de delitos. En algunos casos, se menciona como victimarios a acusados que, presuntamente, habrían sido beneficiados por ceses de prisión preventiva dispuetos por Pedicone.

Otros dos planteos se refieren específicamente al caso de Ángel Edgardo Sacarías Bravo: por separado, los abogados Carlos María Gallardo e Ingrid Lausberg sostienen que Pedicone benefició con el cese de prisión preventiva a Bravo el 19 de agosto, cuando, presuntamente, el entonces camarista no tenía competencia para intervenir en la causa, según confirma -arguyen- la Acordada 730, del 20 de agosto.

Un sexto pedido de juicio político fue motorizado por el ex legislador Antonio Raed, quien argumenta que Pedicone “hace política” con la denuncia, y por eso -afirma- entregó los audios a la prensa pero no a la Justicia: están en custodia en una escribanía.

El último caso es el que presentó el abogado Alfredo Falú. El letrado le reprocha a Pedicone que la presunta violación del secreto de las conversaciones privadas por haber grabado y difundido, sin consentimiento, sus charlas con el actuario Fernando Valladares. El secretario judicial firmó el 28 de julio un acta dando fe de los audios grabados por Pedicone, pero el 4 de septiembre declaró en la Justicia que las actas no eran veraces y que las había redactado “por temor reverencial” a Pedicone. Justamente, Falú acusa al juez de supuestos actos de coacción contra el funcionario.

La comisión de Juicio Político resolvió admitir estos expedientes por 11 votos. Casali fue el único que se pronunció en contra.

Lo que sigue

En principio, el ex camarista tendrá plazo hasta finales de este mes para presentar su descargo en estos expedientes. Una vez que se le corra traslado de estos planteos, dispondrá de 15 días hábiles (Ley 8.734) para plantear sus argumentos y refutaciones ante la comisión de Juicio Político. Si fuera notificado hoy de las resoluciones votadas ayer, el plazo comenzaría a correr mañana y tendría hasta el próximo miércoles 28 para responder.

Cumplido ese paso, la comisión legislativa dispone de 20 días hábiles para estudiar el caso y, dentro de ese plazo, debe votar: para promover acusación se necesita el voto de ocho de sus 12 miembros (dos tercios). De lo contrario, los expedientes se archivan. Si prospera la acusación, se deberá convocar al Jurado de Enjuiciamiento para que determine si el acusado es inocente o no. Este órgano puede suspender al magistrado.

Se necesita el voto de los dos tercios para encontrar culpable al acusado y destituirlo. Si no se reúne esa mayoría especial, se lo declara absuelto y se lo restituirá de inmediato a sus funciones.

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