El Gobierno reglamentó la ley de titularización docente: mirá los requisitos

El Gobierno reglamentó la ley de titularización docente: mirá los requisitos

Para agilizar el proceso, el primer paso del trámite debe hacerse a través de la web.

El Gobierno reglamentó la ley de titularización docente: mirá los requisitos
11 Mayo 2020

Era una decisión muy esperada por los docentes tucumanos. El gobernador, Juan Manzur, y el ministerio de Educación, Juan Pablo Lichtmajer, definieron la reglamentación de la Ley de Titularización Docente.

Por decreto, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley Nº 9.177 de Titularización Docente. En este instrumento se establecen los procedimientos que deben seguir tanto los docentes como los establecimientos educativos. El espíritu de la norma gira en torno a las herramientas que brinda el nuevo Sistema Integrado del Ministerio de Educación (SIME), para evitar solicitar documentación con la que el organismo ya cuenta, y a la vez poder dar seguridad y rapidez al trámite, a través de medios digitales.

El Gobierno reglamentó la ley de titularización docente: mirá los requisitos

El Ministerio de Educación realizará una convocatoria pública y a partir de esa fecha los docentes tendrán 30 días hábiles para completar la Declaración Jurada. Luego, cada director tendrá 15 días hábiles para controlar lo realizado. Cumplida esa instancia a nivel institucional, la Dirección de Personal realizará un control previo de los datos del sistema y citará a cada directivo de escuela para iniciar el expediente correspondiente.

El primer paso del trámite se puede realizar ingresando a https://sime.educaciontuc.gov.ar para completar la de declaración jurada.

Las condiciones

Podrán acceder a la titularización los docentes que se desempeñan en el Sistema Educativo Provincial en Niveles Secundario y Superior, las Modalidades de Educación Especial, Técnica, Jóvenes y Adultos y Educación No Formal, Artística, Educación Física y Personal docente del Servicio de Asistencia Social Escolar y Gabinete Pedagógico Interdisciplinario. También podrán ingresar Secretarios, Prosecretarios, Ayudantes de Secretaría, Bedeles y Preceptores de Nivel Secundario y Superior, como así también los Auxiliares Docentes del Área Organismos Técnicos Docentes. 

JUAN PABLO LICHTMAJER. El ministro, durante la videoconferencia. JUAN PABLO LICHTMAJER. El ministro, durante la videoconferencia. COMUNICACIÓN PÚBLICA

Los requisitos

* Haber sido propuestos en horas cátedra y/o cargos comprendidos en el primer grado del escalafón respectivo con carácter interino, respetando concursos y orden de mérito.

* Registrar, al 31 de diciembre de 2019, una antigüedad mínima de tres años con carácter interino en las horas cátedra y/o cargos docentes en que se solicite la titularización y poseer los títulosrequeridos para acceder al cargo. -No registrar investigaciones administrativas pendientes de resolución. En caso de encontrarse bajo investigación administrativa el proceso de titularización quedará en suspenso hasta la conclusión de la misma.

* No percibir ningún beneficio jubilatorio ni encontrarse en condiciones de acceder a ellos.

* Reunir las condiciones de aptitud psicofísica para el cargo, exceptuando los casos de enfermedades inculpables.

* No haber incurrido en más de cinco inasistencias injustificadas en los últimos tres años. Deberán acreditar al menos uno de los tres siguientes requisitos:

* Haber participado en Ferias de Ciencias, Viajes de Estudios, Olimpíadas, Becas o cualquier otra propuesta pedagógica curricular o extracurricular en los últimos tres años.

* Tener aprobado al menos un trayecto de formación en utilización y apropiación de TIC en los últimos tres años.

* Haber aprobado al menos un trayecto de formación docente continua en los últimos tres (3) años.

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