Qué podrán hacer y qué no los inspectores que controlarán los precios en los municipios

Qué podrán hacer y qué no los inspectores que controlarán los precios en los municipios

El Decreto firmado hoy por el Presidente busca frenar con la especulación de los supermercadistas y pequeños comerciantes de todo el país.

09 Abril 2020

El gobierno nacional convocó hoy, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), a los gobernadores e intendentes de todos los municipios del país a realizar tareas de fiscalización y control de los precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior, en el marco del aislamiento social dispuesto para enfrentar la pandemia de coronavirus. Además, los facultó para una serie de medidas que van desde convocar a la fuerza pública hasta inmovilizar mercadería.

Así lo estableció el Poder Ejecutivo a través del DNU 351 publicado hoy en el Boletín Oficial, que facultó a la Secretaría de Comercio "a establecer, entre otros, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, a la vez que establece severas sanciones ante la constatación de incumplimientos".

La medida habilita a los funcionarios municipales, en caso de ser necesario, a:

- Pedir el auxilio de la fuerza pública.
- Secuestrar libros contables y "todo elemento relativo a la administración" por hasta 30 días hábiles.
- Clausurar preventivamente el establecimiento por hasta tres días hábiles si fuera "indispensable" para la investigación. La Secretaría de Comercio puede extender el cierre 30 días hábiles adicionales.
- Intervenir e inmovilizar mercaderías que el comercio retenga con el fin de a "reducir la oferta".
- Citar a los presuntos infractores a prestar declaración dentro de los días posteriores a la notificación de la falta.

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