El Gobierno publica el nuevo protocolo del aborto no punible

El Gobierno publica el nuevo protocolo del aborto no punible

El ministro González García anunció la puesta en vigencia del ordenamiento legal del ILE Sobre la objeción de conciencia, señaló que la respeta, pero que “no puede ser una coartada para que no se cumpla la ley”

ANUNCIOS. González García y Mariana Romero, evaluaron las medidas. presidencia de la nación ANUNCIOS. González García y Mariana Romero, evaluaron las medidas. presidencia de la nación
13 Diciembre 2019

Luego de la polémica surgida con el secretario de Salud durante el gobierno de Cambiemos, Adolfo Rubinstein, en su segundo día de gestión el nuevo titular de la cartera -que volvió a tener rango de Ministerio-, Ginés González García, anunció el nuevo protocolo para el aborto no punible.

“Ha sido actualizado y va a seguir siendo actualizado. Y cuáles son las dos razones centrales. Por un lado las modificaciones que ocurren en la legislación de nuestro país. En el Código Civil y Comercial del 2015 se incluyeron derechos que no estaban en el protocolo del 2015. Y la segunda parte es que la evolución del procedimiento hace que se modifiquen cuestiones científicas, la medicación que se utiliza, y eso usando cánones internacionales está puesto en este nuevo protocolo”, afirmó el ministro.

Luego remarcó que “iniciamos un camino que es el de aplicación de la ley, y creemos que va a haber algunas organizaciones antiderechos que van a cuestionar. Nosotros estamos dando un instrumento sanitario para que se cumpla la ley y los derechos de las personas”.

El protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) “es un instrumento sanitario para cumplir la ley y los derechos de las personas en situación de interrumpir su embarazo, que además respalda a los profesionales de la salud”, remarcó el ministro González García.

Consciencia

Si bien el funcionario no dio muchos detalles sobre qué incluye el nuevo texto, explicó: “rápidamente describe cuál es la situación del aborto en la Argentina y en el mundo y por supuesto cómo se debe proceder desde el conocimiento; qué deben hacer los equipos de salud; cuál es el abordaje del equipo; cuál es la evaluación médica que se tiene que hacer; cuál es el procedimiento para la interrupción del embarazo”.

También se refirió a la objeción de consciencia: “somos respetuosos, pero no puede ser una coartada para que no se cumpla la ley. No puede quedarse sin respuesta institucional”.

En este sentido, subrayó que “lo que nosotros no queremos es que esto se convierta en un combate. No es un combate ni una búsqueda de votos ni una decisión que se toma para ganar una elección. Esto, claramente, es poner en conocimiento cómo se ejercita un derecho y cómo se cumple con la ley”.

Luego de confirmar que hoy se publicará en el Boletín Oficial ese nuevo protocolo, el ministro de Salud destacó que todo su equipo trabajó “desde fuera del Estado para plasmar los conocimientos científicos nuevos y en la nueva legislación”.

Al respecto, hizo referencia, sin nombrarlo, a lo que pasó con Rubinstein. “El primer protocolo no generó controversias; acá, a partir del episodio de los últimos días, me preocupa que sea una seguridad para los trabajadores de la salud. Por esos hechos, los trabajadores se asustan o intimidan. Así que tratamos de que tengan el respaldo del Gobierno porque los respalda la ley”, apuntó.

Por su lado, la directora del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (Cedes), Mariana Romero, brindó algunos detalles más: “la normativa argentina no establece un límite de edad gestacional; por lo tanto, este protocolo está hecho en base a los mismos estándares que maneja la OMS. Los equipos de salud vamos a tener que trabajar como venimos haciéndolo”.

“Respecto de la objeción de conciencia, es individual, la ejercen las personas y no las instituciones. El protocolo es claro. Da lugar a la objeción de conciencia, pero las instituciones y particularmente las instituciones públicas somos responsables de prestar los servicios en el marco de la ley. El plazo es de 10 días. No es que aplica a la violación; es al momento de la solicitud, no importa la causal: en 10 días debe darse lugar a la práctica”. (Ifobae/Télam)

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