Las respuestas a los interrogantes sobre la crisis en las empresas de transporte

Las respuestas a los interrogantes sobre la crisis en las empresas de transporte

Desde Aetat adelantaron que pedirán un proceso preventivo que implicaría suspensiones y despidos.

Las respuestas a los interrogantes sobre la crisis en las empresas de transporte
14 Marzo 2019

La cúpula de la Asociación de Empresas de Transporte Automotor de Tucumán (Aetat) adelantó que un grupo de firmas presentará expedientes en la Secretaría de Trabajo para solicitar Proceso Preventivo de Crisis de Empresas.

Se trata de una medida contemplada en la ley nacional de Empleo para acordar medidas con los sindicatos y evitar el cierre de las empresas: suspensiones, reducción de servicios y despidos.

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué es un procedimiento preventivo de crisis de empresa (PPCE)?

Es el requisito previo para realizar despidos con indemnización reducida o suspensiones que afecten: 1) a más del 15% del plantel de una empresa de menos de 400 trabajadores; 2) a más del 10% de una empresa de entre 400 y 1.000 trabajadores, o 3) a más del 5% de una empresa de más de 1.000 trabajadores.

2. ¿Cuál es su función?

El PPCE se estableció en el capítulo 6 de la Ley Nacional de Empleo de 1991 como alternativa a la Ley de Concursos y Quiebras. En circunstancias de crisis, ofrece un ámbito de conversación para que la empresa, el sindicato y el Estado encuentren la forma de que la primera continúe operando sin despidos masivos y cierres de establecimientos.

3. ¿Cuándo una empresa puede solicitar la tramitación de un PPCE?

Cuando existen razones de fuerza mayor o de falta de trabajo que no son culpa del empleador. Las razones de fuerza mayor son hechos imprevisibles e inevitables (derrumbes, atentados, terremotos, etcétera). La falta de trabajo se refiere a dificultades económicas ajenas al riesgo de la actividad empresarial.

4. ¿Qué se considera falta de trabajo?

Para justificar los despidos por falta de trabajo, el empresario debe probar que no tiene la culpa de la situación y que esta perdura a pesar de que él actúo en forma diligente para solucionarla. Los despidos por falta de trabajo no se admiten cuando la situación crítica que atraviesa la empresa tiene su origen en el comportamiento transitorio de los mercados.

5. ¿Cómo es el trámite?

El PPCE puede ser tramitado por la empresa o el sindicato. El Ministerio de Trabajo tiene 48 horas desde la presentación para notificar a la parte que no inició el trámite. Dentro de los cinco días siguientes debe citar a la empresa y al sindicato a una primera audiencia. Si no llegan a un acuerdo, el Ministerio abre un período de negociación de 10 días.

6. ¿Qué pasa en el plazo de 10 días?

Durante el período de negociación el empleador no puede aplicar suspensiones o despidos con indemnización reducida. El sector sindical no puede incurrir en acción directa (huelga, piquete, etcétera). Si finalmente la empresa y el sindicato llegan a un acuerdo, el Ministerio de Trabajo debe verificar que no vulnere los derechos de los trabajadores y homologarlo.

7. ¿Qué sucede si no hay acuerdo?

Además de un mecanismo de negociación, el PPCE es un requisito formal para aplicar suspensiones o despidos que afecten a más de cierto porcentaje de los trabajadores de la empresa. En consecuencia, el fracaso de la conversación con el sindicato habilita al empleador a adoptar las medidas y a los trabajadores afectados a recurrir a la Justicia. 

8. ¿Qué antecedentes existen?

Nunca se homologó un PPCE. En todas las oportunidades en que una empresa presentó un PPCE, el sindicato argumentó que los despidos o suspensiones implicaban una baja de costos laborales para que no disminuyeran las ganancias empresarias. Según un informe de la consultora Synopsis, 108 empresas solicitaron un PPCE durante 2018.

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