Trastabilla la figura del fiscal auxiliar sin concurso

Trastabilla la figura del fiscal auxiliar sin concurso

El juez Velázquez, de Monteros, invalidó los actos de acusación cumplidos por la funcionaria Orce y ordenó que la pesquisa empiece de nuevo.

SEDE DEL JUZGADO DE VELÁZQUEZ. La sede del centro judicial monterizo. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo) SEDE DEL JUZGADO DE VELÁZQUEZ. La sede del centro judicial monterizo. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo)

La figura del fiscal auxiliar designado en forma discrecional por el ministro público Edmundo Jiménez volvió a tropezar. El nuevo traspié ocurrió el 27 de diciembre en Monteros: en ese centro judicial, el juez Mario Velázquez anuló los actos de acusación que había cumplido la funcionaria Nadia Edith Orce. La resolución considera que aquella agente del Ministerio Público Fiscal no dispone de las facultades legales y constitucionales para actuar en sustitución de la fiscala en propiedad, Mariana Rivadeneira. En consecuencia, Velázquez dispuso que la investigación vuelva a empezar. Antes que él, otros dos jueces, Enrique Pedicone y Fabián Fradejas, habían invalidado esa figura instrumentada en septiembre sin concurso y por medio de nombramientos desprovistos de publicidad.

Velázquez, juez de Instrucción y de Menores de Monteros, anuló de oficio -sin petición de parte- las actuaciones de Orce en la investigación de las supuestas amenazas denunciadas por la ciudadana TRR. Según la decisión, la causa ingresó en la Fiscalía de Instrucción en lo Penal N°2 Especializada en Violencia Familiar y de Género a cargo de Rivadeneira. Velázquez manifestó que de entrada el expediente quedó en manos de la fiscala auxiliar Orce, quien convocó y tomó declaración a la denunciante, y solicitó la declaración de incompetencia de los Tribunales de la capital. El juez añadió que tal proceder excedía las atribuciones legales concedidas a la funcionaria. En particular, el magistrado cuestionó la reglamentación del fiscal auxiliar que había elaborado Jiménez por considerar que esta colisionaba con las normas emanadas del Poder Legislativo.

“Nadie desconoce que, como dice el ministro, el auxiliar de fiscal colaborará en la agilización de las causas penales, pero la facultad que la ley le otorga como titular del Ministerio Público Fiscal para reglamentar las instrucciones a las que deben ceñirse dichos funcionarios no puede ni debe confundirse con la posibilidad de delegar la titularidad de la acusación”, razonó Velázquez. El juez añadió que no podían ser transferidas a un auxiliar designado discrecionalmente por Jiménez las atribuciones propias de un funcionario constitucional como el fiscal de Instrucción, quien para desempeñar el cargo había cumplido los requisitos impuestos por los artículos 116, 117 y 118 de la Carta Magna provincial, y se había sometido al proceso de selección (por concurso) llevado adelante por el Consejo Asesor de la Magistratura (artículo 101).

“Esto no implica, como dice, el ministro, el rechazo o la resistencia a la nueva figura del auxiliar de fiscal. Por el contrario, supone velar por la observancia y el respeto del debido proceso, que es mi obligación puesto que, siguiendo la lógica de las resoluciones generales analizadas, tarde o temprano el ministro fiscal podría emitir una nueva resolución otorgándole a dichos funcionarios la facultad de requerir la elevación a juicio de las causas o el sobreseimiento de los imputados con el simple argumento de que la experiencia de campo y nuestra idiosincrasia judicial así lo justifican”, opinó Velázquez. Y precisó que había que luchar contra la impunidad, pero no con resoluciones “parche” que otorgaran “superpoderes” a funcionarios nombrados sin concurso.

Una norma de febrero de 2017 creó la figura controvertida. El artículo 94 septies de la Ley Orgánica de Tribunales prescribe: “el auxiliar de fiscal asistirá al fiscal penal bajo su dirección y supervisión. Se trata de un abogado con dos años de ejercicio, que realizará las comisiones que establezca el fiscal (...)”. La puesta en marcha de este agente como una especie de “representante del fiscal” trascendió en agosto, cuando Jiménez designó a la funcionaria Luz Becerra con el argumento de la escasez de fiscales nombrados con el procedimiento constitucional y la necesidad de evitar “la puerta giratoria”. Entonces, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Daniel Posse, indicó que los jueces deberían expedirse si lo consideraban pertinente. Pedicone, Fradejas y ahora Velázquez ya se pronunciaron en contra.

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