Nuevas pautas para créditos pesificados

A partir de abril se elimina el CVS. Los deudores de menos de $ 400.000 tendrán plazo hasta el 2 de marzo para optar por una nueva forma de cálculo de las refinanciaciones hechas en pesos.

OPCION. Los clientes tendrán que volver a los bancos para decidirse.
OPCION. Los clientes tendrán que volver a los bancos para decidirse.
21 Febrero 2004
Buenos Aires.- El Banco Central difundió ayer nuevas pautas para refinanciar las deudas originadas en créditos hipotecarios, prendarios y personales, mediante disposiciones que incorporarán la eliminación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) desde abril.
n Para las deudas menores a los $ 400.000, se extendió hasta el 30 de setiembre de 2002 la fecha para efectuar el recálculo de las financiaciones convertidas a pesos. El deudor podrá ejercer esta opción hasta el 2 de marzo.
El Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), devengado y acumulado hasta esa fecha, podrá pagarse "conforme a un plan que en ningún caso podrá ser inferior a cinco cuotas mensuales, o bien en un pago único a los 120 días del vencimiento de la obligación originaria", señaló el BCRA. Las bancos acreedores deberán ofrecer a los deudores esta alternativa de pago hasta el 2 de marzo, y otorgarles hasta el 23 de ese mes para que formulen su opción.
Los pagos efectuados desde el 18 de enero de 2003 hasta el 26 de enero de este año, inclusive, se considerarán a cuenta de los servicios cuyos vencimientos hayan operado en ese período.
Al importe recalculado para cada servicio se le deducirá el correspondiente a cada pago efectuado. El saldo resultante al 27 de enero podrá ser reestructurado repactándose las condiciones en cuanto al plazo, a fin de que el importe de la primera cuota resultante no supere el importe de la última cuota abonada.
* El BCRA recordó que a partir de abril se eliminará el CVS para los préstamos de hasta U$S 250.000, otorgados a personas físicas y que cuenten con garantía hipotecaria sobre la vivienda única, familiar y de ocupación permanente.
* Idéntico tratamiento se aplicará a los préstamos prendarios y personales de hasta U$S 30.000 y U$S 12.000, respectivamente. Esos créditos no tendrán actualización alguna y deberán pagar tasas de interés anuales de 12,38% en el caso de los hipotecarios; 16,41% los prendarios; y 25,98% los personales.
* El Banco Central fijó también las tasas y los plazos correspondientes para las financiaciones a personas físicas superiores a los topes máximos indicados.
* Los créditos hipotecarios de más de U$S 250.000 serán actualizados por CER desde el 18 de enero de 2003 y pagarán una tasa máxima de interés anual de 3,5%.
* La misma tasa se aplicará a los préstamos prendarios superiores a U$S 30.000, y también serán actualizados por CER a partir del 4 de febrero de 2002.
* Los préstamos personales de más de U$S 12.000, finalmente, se actualizarán igualmente por CER desde la misma fecha y pagarán una tasa máxima de 5%. (Télam)

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