Acosta sugiere que se paguen los gravámenes

Pese a su postura en contra del reajuste, aconsejó a los tucumanos que paguen el tributo.

27 Enero 2004
Las posiciones enfrentadas entre el defensor del pueblo, Luis Acosta, y el Gobierno provincial -respecto de la constitucionalidad o no de la suba del 57% en el impuesto Inmobiliario- desconcertó a los contribuyentes. Pese a su postura en contra del reajuste, el ombudsman aconsejó a los tucumanos que paguen el tributo. Pero, al mismo tiempo, ratificó que presentará una demanda judicial contra la Provincia por considerar que el incremento tributario es inconstitucional, pues violenta la Ley 25.561 de Emergencia Económica.
"Si la Justicia nos da la razón, lo que se haya pagado de más quedará en concepto de crédito fiscal a favor de los contribuyentes para deudas futuras. En caso contrario, se habrá cumplido con las obligaciones fiscales", explicó Acosta, quien, además sugirió que se pague expresando la disconformidad por el aumento.
El defensor del pueblo reiteró que está evaluando si formaliza la demanda a través de una acción de amparo colectivo o mediante presentaciones individuales ante la Cámara en lo Contencioso y Administrativo de la Justicia tucumana. Hasta el momento, en el organismo se registraron más de 100 firmas y 200 llamados de contribuyentes que mostraron su desacuerdo respecto de la suba impositiva. Por su parte, Acosta convocó a todos aquellos que tengan dudas y que necesiten asesoramiento para impulsar medidas judiciales a acercarse a la Defensoría. Ayer, un grupo de contribuyentes autoconvocados se concentró en el edificio de Rentas y recolectó más de 300 firmas en contra de la medida, que luego fueron acercadas al defensor del pueblo.

Controversias
Acosta insistió en que Rentas utilizó un sistema irregular para revaluar el impuesto Inmobiliario, ya que aplicó un índice de actualización y no un revalúo técnico. Este último es considerado como el método contable más apropiado para llegar a un valor más cercano a la realidad de los inmuebles. "El Gobierno tendría que haber realizado un revalúo catastral real y serio sobre cada una de las propiedades de la provincia, para luego tomar estos valores como base y aplicar la alícuota del 1,2% del impuesto Inmobiliario", indicó.
El decreto 545/3 del Poder Ejecutivo dice expresamente que el aumento del 57% del gravamen surge de calcular el incremento del índice de precios al consumidor de bienes y servicios en San Miguel de Tucumán para el período diciembre de 1993 y octubre de 2003. "El problema es que no se aumentó el impuesto en base a la situación real de los inmuebles (antigüedad, ubicación, mejoras, etc.), sino que se utilizó un coeficiente de actualización en forma indiscriminada", criticó Acosta.

"No es legal actualizar para períodos futuros"


El defensor del pueblo, Luis Acosta, dijo que el ministro de Gobierno, Edmundo Jiménez, se equivoca cuando asegura que se tomó en cuenta el valor real de las propiedades para realizar el reajuste.
"Esto no es cierto porque lo que se hizo fue aplicar un índice que, a su vez, está prohibido por la Ley Nacional de Emergencia Económica", manifestó. En tanto, recordó que esta norma nacional ratifica los términos de la ley de convertibilidad que prohíbe aplicar actualizaciones en el futuro.
"Jiménez se equivoca cuando dice que es legal actualizar para períodos futuros, porque justamente la ley nacional deja sin efecto las indexaciones desde el 1 de abril de 1991 en adelante", enfatizó.
Sostuvo que la Ley Provincial de Valuaciones 5.522, norma que el Gobierno utilizó para justificar el reajuste, está derogada por la ley de Emergencia, ya que esta deja sin efecto todo tipo de disposiciones legales para realizar actualizaciones.
Por último, Acosta aclaró que no cuestionó la suba de entre el 4% y el 25% en el impuesto Automotor porque, según su criterio, está basada en un coeficiente de amortización razonable.

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