Califican a la Argentina como un "deudor singularmente reacio" a pagar

Califican a la Argentina como un "deudor singularmente reacio" a pagar

La Cámara de Apelaciones de Nueva York falló hoy en contra de la propuesta de pago del Gobierno nacional a tenedores de bonos en default.

REVÉS. La sentencia ratificó un fallo del juez de primera instancia Thomas Griesa, que ordenó el pago del 100% a los holdouts. LA GACETA REVÉS. La sentencia ratificó un fallo del juez de primera instancia Thomas Griesa, que ordenó el pago del 100% a los holdouts. LA GACETA
23 Agosto 2013
BUENOS AIRES.- Un tribunal de alzada de Nueva York falló hoy en contra de la propuesta de pago del Gobierno en la causa por los 1.300 millones de dólares e intereses que se adeudan a tenedores de bonos en default, en una singular sentencia que consideró como "deudor singularmente reacio" al país.

La decisión, adoptada por la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York en la causa que iniciaron los fondos especulativos de inversión NML Capital y Aurelius Capital, ratificó un fallo del juez de primera instancia Thomas Griesa, que ordenó el pago del 100%.

El fallo, de 25 páginas, fue redactado por el juez republicano Barrington Parker, el magistrado al que buscaba seducir el Gobierno en marzo pasado, y lo acompañaron las juezas Reena Raggi y Roosemary Pooler, descartó el argumento de la Argentina según el cual una decisión contraria a los intereses nacionales pondría en jaque las reestructuraciones de deuda de otras economías, en medio de la crisis europea.

"Es justo que un acreedor reciba lo que negoció y a lo que, por lo tanto, tiene derecho, aún si otros acreedores cuando reciben lo que negociaron no obtienen lo mismo", planteó el decisorio. Con ese párrafo, el fallo dio por tierra con la postura del Palacio de Hacienda según la cual mal podría pagarse el 100% de lo adeudado cuando quienes entraron a los canjes de 2005 y 2010 aceptaron quitas y mayores plazos para hacerse de lo que se les debía.

"La decisión de esta Corte no hace otra cosa que obligar a la Argentina a mantener su obligación contractual de igual trato, no se observa un abuso de discreción", agregó la disposición judicial.

Los magistrados de Nueva York calificaron a la Argentina como un "deudor singularmente reacio" a cumplir con sus obligaciones, y minimizaron las consecuencias catastróficas que plantearon los abogados que contrató el Gobierno: "Son especulativas, hiperbólicas y casi todas una invención propia".

La propuesta que el Gobierno había presentado a fines de marzo, ahora rechazada, mantenía los términos de los canjes de 2005 y 2010, con un bono Par a 25 años, a amortizar íntegramente en 2038, con tasas del 2,35% al 5,25%, y uno de Descuento con vencimiento en 2033 y una tasa del 8,25%. (DyN)

Comentarios