Llegó a la Corte el primer pedido de per saltum contra la reforma judicial

Llegó a la Corte el primer pedido de per saltum contra la reforma judicial

El recurso fue presentado por el abogado Alejandro Gil Domínguez, para que el máximo tribunal se pronuncie sobre la validez de la ley que limita el régimen de medidas cautelares.

DECISIÓN. La Corte debe determinar si hay gravedad institucional en el paquete de reforma judicial. FOTO TOMADA DE INFOBAE.COM DECISIÓN. La Corte debe determinar si hay gravedad institucional en el paquete de reforma judicial. FOTO TOMADA DE INFOBAE.COM
30 Mayo 2013
BUENOS AIRES.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación recibió hoy el primer pedido de per saltum para que se pronuncie sobre la validez de la ley que limita el régimen de medidas cautelares, en el marco de la "democratización de la Justicia", que impulsó el Gobierno nacional. El recurso fue presentado por el abogado Alejandro Gil Domínguez, cuyo planteo había sido rechazado in limine por la jueza de primera instancia Cecilia Madariaga de Negre.

Según destaca Infobae.com, en su fallo, la magistrada sostuvo que no había un caso concreto que afectara al accionante. Sin embargo, Gil Domínguez consideró que en el caso existe "gravedad institucional", que es uno de los requisitos que establece la ley para permitir la aplicación de la herramienta que aprobó el año pasado el Congreso para saltear instancias.

"Después del fallo de primera instancia oportunamente apelé‚ y me toco la Sala I del fuero Contencioso, pero interpuse un per saltum y le notifique a la Cámara planteando que hay una situación de gravedad institucional", señaló. El per saltum es un salteo de instancia, en este caso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administativo Federal.

Al fundamentar su presentación, el constitucionalista enumeró que las Naciones Unidas dijeron que la ley "viola el Pacto de los Derechos Civiles y Políticos; también por los derechos que la ley deja indefensos y porque la comunidad jurídica se ha expedido en contra". Aseguró, además, que aunque el planteo se limita a la ley que regula las cautelares, la gravedad institucional se expande a otras dos normas sancionadas: la reforma del Consejo de la Magistratura y la de creación de nuevas c maras de casación.

La Corte debe determinar ahora si hay gravedad institucional y en ese caso abrir el grifo para intervenir en los planteos de las otras leyes cuestionadas del paquete de reforma judicial.ial del IMD. (LA GACETA)

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