15 Junio 2012 Seguir en 
Podrá dar de baja a asociaciones de consumidores
BUENOS AIRES.- El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, tendrá la atribución de dar de baja a las asociaciones de consumidores que, según lo considere, no se ajusten a las normas para funcionar como asociaciones civiles con personería jurídica. A través de la Resolución 47 que, con la firma de Moreno, fue publicada ayer en el Boletín Oficial, se modifica otra de 1999, "relacionada con las normas a las que se deberán ajustar las asociaciones de consumidores constituidas como asociaciones civiles con personería jurídica". La medida modifica el artículo 8 de la Resolución 461, de 1999, en la que esa atribución recaía en la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que estaba a cargo de Alieto Guadagni. La nueva faculta "a la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor a verificar el cumplimiento" del artículo 55 del decreto 1798/94, que reglamentó la Ley de Defensa del Consumidor , "a dictar las normas interpretativas y complementarias y a realizar todas las acciones necesarias para su ejecución, inclusive la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores". Esa inscripción "podrá ser realizada también a través de la Dirección de Defensa del Consumidor, reservándose el Secretario de Comercio Interior la atribución de dar de baja a las asociaciones que correspondan". (DyN)
BUENOS AIRES.- El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, tendrá la atribución de dar de baja a las asociaciones de consumidores que, según lo considere, no se ajusten a las normas para funcionar como asociaciones civiles con personería jurídica. A través de la Resolución 47 que, con la firma de Moreno, fue publicada ayer en el Boletín Oficial, se modifica otra de 1999, "relacionada con las normas a las que se deberán ajustar las asociaciones de consumidores constituidas como asociaciones civiles con personería jurídica". La medida modifica el artículo 8 de la Resolución 461, de 1999, en la que esa atribución recaía en la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que estaba a cargo de Alieto Guadagni. La nueva faculta "a la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor a verificar el cumplimiento" del artículo 55 del decreto 1798/94, que reglamentó la Ley de Defensa del Consumidor , "a dictar las normas interpretativas y complementarias y a realizar todas las acciones necesarias para su ejecución, inclusive la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores". Esa inscripción "podrá ser realizada también a través de la Dirección de Defensa del Consumidor, reservándose el Secretario de Comercio Interior la atribución de dar de baja a las asociaciones que correspondan". (DyN)







