23 Marzo 2012 Seguir en 
BUENOS AIRES.- La nueva carta orgánica del Banco Central le otorga a la cúpula de la autoridad monetaria un alto poder discrecional, ya que serán los miembros de su directorio quienes podrán determinar el nivel mínimo de reservas, para que el resto se aplique al pago de deuda u otros fines y quienes están autorizados a regular el crédito del sistema financiero en cuanto a destino, tasas y plazos.
En cuanto al monto de financiamiento en pesos que el BCRA le podrá otorgar al Tesoro de ahora en más, el nuevo ordenamiento prevé un mecanismo automático de adelantos, ampliado de modo "excepcional" por 18 meses, lo que implica un adicional de $ 45.000 millones de emisión monetaria.
La Ley reafirma la autonomía de la entidad del poder político, aunque señala que deberá operar "en el marco de las políticas establecidas por el Gobierno nacional" y no modifica la necesidad de requerir acuerdo del Senado para la aprobación del pliego de sus directivos. El nuevo ordenamiento recoge y añade cuestiones operativas propias de la Ley de Entidades Financieras, mientras que dispone que sea el titular del BCRA quien ejerza el manejo de la Superintendencia. Estos son los puntos salientes de la reforma:
- Se establece que, en el ejercicio de sus funciones y facultades, el BCRA no estará sujeto "a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional", ni podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionarlas, restringirlas o delegarlas sin autorización expresa del Congreso de la Nación. Sin embargo, la nueva Ley dispone que el Central promoverá, "en el marco de las políticas establecidas por el Gobierno nacional", la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.
- También deberá regular el funcionamiento del sistema financiero, la cantidad de dinero y las tasas de interés y además "orientar" el crédito. Será, como hasta ahora, agente financiero del Estado nacional, para concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos, contribuir al buen funcionamiento del mercado de capitales y ejecutar la política cambiaria. Deberá regular los sistemas de pago, las cámaras liquidadoras y compensadoras, las remesadoras de fondos y las empresas transportadoras de caudales, entre otras acciones. (DyN)
En cuanto al monto de financiamiento en pesos que el BCRA le podrá otorgar al Tesoro de ahora en más, el nuevo ordenamiento prevé un mecanismo automático de adelantos, ampliado de modo "excepcional" por 18 meses, lo que implica un adicional de $ 45.000 millones de emisión monetaria.
La Ley reafirma la autonomía de la entidad del poder político, aunque señala que deberá operar "en el marco de las políticas establecidas por el Gobierno nacional" y no modifica la necesidad de requerir acuerdo del Senado para la aprobación del pliego de sus directivos. El nuevo ordenamiento recoge y añade cuestiones operativas propias de la Ley de Entidades Financieras, mientras que dispone que sea el titular del BCRA quien ejerza el manejo de la Superintendencia. Estos son los puntos salientes de la reforma:
- Se establece que, en el ejercicio de sus funciones y facultades, el BCRA no estará sujeto "a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional", ni podrá asumir obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionarlas, restringirlas o delegarlas sin autorización expresa del Congreso de la Nación. Sin embargo, la nueva Ley dispone que el Central promoverá, "en el marco de las políticas establecidas por el Gobierno nacional", la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.
- También deberá regular el funcionamiento del sistema financiero, la cantidad de dinero y las tasas de interés y además "orientar" el crédito. Será, como hasta ahora, agente financiero del Estado nacional, para concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos, contribuir al buen funcionamiento del mercado de capitales y ejecutar la política cambiaria. Deberá regular los sistemas de pago, las cámaras liquidadoras y compensadoras, las remesadoras de fondos y las empresas transportadoras de caudales, entre otras acciones. (DyN)
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