En busca de mayor consenso en la política impositiva de la Provincia, el gobernador, José Alperovich, dio la orden de realizar modificaciones, por segunda vez en tres meses, al Código Tributario. La directiva del mandatario ya se convirtió en papel. Ayer, ingresó a mesa de entradas de la Legislatura el proyecto oficialista con los nuevos cambios a la norma. En la propuesta se enumeran ocho puntos, entre los cuales está un límite (impuesto por el Código procesal en lo Civil y Comercial de Tucumán) a los embargos preventivos; y la eliminación de las facultades conferidas en 2011 a Rentas para publicar un listado de morosos.
En los últimos días de diciembre, el alperovichismo impulsó imprevistamente una reforma en el Código Tributario. La Legislatura se caldeó con la defensa que hicieron los oficialistas del proyecto (principalmente, el legislador Ramiro González Navarro) y los cuestionamientos de la oposición.
Al final, se impuso la voluntad del alperovichismo. Pero a las pocas horas, desde la Federación Económica de Tucumán (FET) y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán (Cgcet), entre otros organismos, surgieron críticas a las modificaciones.
El principal argumento esgrimido por los expertos fue que, con la nueva norma, se vulneraban los derechos de defensa del contribuyente. Incluso, la Justicia les dio la razón a cuatro empresas que llevaron sus reclamos a los Tribunales. Más allá de esto, desde el alperovichismo insistieron en que la norma iba a ser aplicada.
Pero, finalmente, las gestiones llevaron a que el gobernador anunciara la semana pasada un nuevo Código Tributario en el que se corregían algunos puntos.
El proyecto de ley, que seguramente será defendido otra vez por González Navarro (es presidente de la comisión de Hacienda de la Legislatura) señala ocho puntos que serán modificados o derogados en la sesión del próximo lunes.
El primero (el artículo 9, inciso 4) fue el que más controversia generó entre los sectores empresarios. Esta norma le da a la Dirección de Rentas la potestad de solicitar embargos preventivos de un modo que los expertos marcaron como inconstitucional. Para corregir esta falencia, el proyecto presentado limita las acciones del organismo fiscal según los parámetros impuestos por el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.
En el mismo artículo existe otro inciso que le otorga la facultad de publicar un listado de los morosos. Éste será derogado.
Hoy, según el Código Tributario vigente, la falta de pago total o parcial de los gravámenes, retenciones, recaudaciones y otros pagos a cuenta, deviene en un interés mensual del 1,5%. La futura norma indicará que será un interés resarcitorio.
Además, ya no prescribirán a los cinco años las acciones del fisco para verificar, determinar y exigir el pago de tributos, sino que regirán los plazos establecidos por el Código Civil y el Código Penal, según la materia de que se trate.
También se especifica en la propuesta que se analizará el lunes que los empleadores pagarán anualmente el impuesto para la Salud Pública, conforme a las alícuotas que establece la Ley Impositiva (ahora sólo indica que pagarán anualmente un impuesto que fijará la Ley Impositiva).
El proyecto oficialista para reformar el Código Tributario seguramente será motivo de discusiones otra vez en el recinto el próximo lunes. El Cgcet ya adelantó que no está de acuerdo con las modificaciones, pues desde el organismo reclaman un trabajo más profundo y en conjunto con las instituciones involucradas. Sin embargo, la letra ya está escrita y las pocas páginas con indicaciones ya están en la Legislatura.
En los últimos días de diciembre, el alperovichismo impulsó imprevistamente una reforma en el Código Tributario. La Legislatura se caldeó con la defensa que hicieron los oficialistas del proyecto (principalmente, el legislador Ramiro González Navarro) y los cuestionamientos de la oposición.
Al final, se impuso la voluntad del alperovichismo. Pero a las pocas horas, desde la Federación Económica de Tucumán (FET) y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán (Cgcet), entre otros organismos, surgieron críticas a las modificaciones.
El principal argumento esgrimido por los expertos fue que, con la nueva norma, se vulneraban los derechos de defensa del contribuyente. Incluso, la Justicia les dio la razón a cuatro empresas que llevaron sus reclamos a los Tribunales. Más allá de esto, desde el alperovichismo insistieron en que la norma iba a ser aplicada.
Pero, finalmente, las gestiones llevaron a que el gobernador anunciara la semana pasada un nuevo Código Tributario en el que se corregían algunos puntos.
El proyecto de ley, que seguramente será defendido otra vez por González Navarro (es presidente de la comisión de Hacienda de la Legislatura) señala ocho puntos que serán modificados o derogados en la sesión del próximo lunes.
El primero (el artículo 9, inciso 4) fue el que más controversia generó entre los sectores empresarios. Esta norma le da a la Dirección de Rentas la potestad de solicitar embargos preventivos de un modo que los expertos marcaron como inconstitucional. Para corregir esta falencia, el proyecto presentado limita las acciones del organismo fiscal según los parámetros impuestos por el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia.
En el mismo artículo existe otro inciso que le otorga la facultad de publicar un listado de los morosos. Éste será derogado.
Hoy, según el Código Tributario vigente, la falta de pago total o parcial de los gravámenes, retenciones, recaudaciones y otros pagos a cuenta, deviene en un interés mensual del 1,5%. La futura norma indicará que será un interés resarcitorio.
Además, ya no prescribirán a los cinco años las acciones del fisco para verificar, determinar y exigir el pago de tributos, sino que regirán los plazos establecidos por el Código Civil y el Código Penal, según la materia de que se trate.
También se especifica en la propuesta que se analizará el lunes que los empleadores pagarán anualmente el impuesto para la Salud Pública, conforme a las alícuotas que establece la Ley Impositiva (ahora sólo indica que pagarán anualmente un impuesto que fijará la Ley Impositiva).
El proyecto oficialista para reformar el Código Tributario seguramente será motivo de discusiones otra vez en el recinto el próximo lunes. El Cgcet ya adelantó que no está de acuerdo con las modificaciones, pues desde el organismo reclaman un trabajo más profundo y en conjunto con las instituciones involucradas. Sin embargo, la letra ya está escrita y las pocas páginas con indicaciones ya están en la Legislatura.







