Vuelve a tambalear la conformación de la Junta
El opositor Acuerdo Cívico y Social presentó una recusación contra la vocal Mabel Concha: la legisladora es esposa de un candidato del PJ. La parlamentaria asumió en el órgano que fiscalizará la elección en reemplazo de su par Regino Amado. La UCR sostiene que no ofrece garantías de imparcialidad
Lejos de consolidarse, la integración de la Junta Electoral Provincial (JEP) tambalea a medida que se acerca la fecha de los comicios, el domingo 28 de agosto.
Ayer, el radical Acuerdo Cívico y Social concretó lo que era un secreto a voces: el pedido de apartamiento de la legisladora Mabel Concha de Llorens Dip. La peronista asumió como vocal en el órgano encargado de fiscalizar las elecciones, luego de que se excusara el presidente subrogante de la Legislatura, Regino Amado. El monterizo se alejó de la JEP porque buscará su reelección en la banca.
Concha de Llorens Dip llegó a ocupar el espacio en la JEP tras un proceso bastante particular de selección. En rigor, el lugar natural del Poder Legislativo en la Junta corresponde al presidente de la Cámara. En este caso, el vicegobernador. Pero como Juan Manzur (ministro de Salud de la Nación) se encuentra de licencia y también busca su reelección, debió abrirse la línea de sucesión. El problema es que sólo tres legisladores no se postulan para los próximos comicios: Concha de Llorens Dip, Paula Khoder (PJ) y Jorge Mendía (UCR).
Y si bien la elegida no es candidata, sí lo es su esposo: Iván Llorens Dip integra la lista del Frente para la Victoria de postulantes legislativos por el Oeste. Con ese fundamento, el apoderado del radicalismo, Daniel Ponce, presentó la recusación con causa. Según sostuvo, el artículo 16 del Código Procesal y Comercial -rige supletoriamente- establece entre las causales de recusación que el juez o sus parientes consanguíneos -entre ellos su cónyuge- tengan "interés en el pleito o en otro semejante".
"Claramente está inhabilitada a los fines de la integración del máximo órgano electoral provincial. La recusada no ofrece la garantía de imparcialidad y objetividad, presupuestos imprescindibles para el debido proceso", consideró el abogado en su presentación.
Este planteo suma incertidumbre respecto de la conformación del estratégico órgano, toda vez que la JEP pudo integrarse luego de un traumático proceso. Principalmente, por el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que declaró inconstitucional la integración, con mayoría del poder político, de la JEP. Finalmente, el Gobierno desistió del litigio e impulsó la sanción de una ley mediante la que se rediseñó la Junta y se le devolvió la integración anterior a la reforma constitucional de 2006. Esto es, con el presidente de la Corte Suprema, el titular de la Legislatura y el ministro fiscal (funcionario judicial).
Ayer, el radical Acuerdo Cívico y Social concretó lo que era un secreto a voces: el pedido de apartamiento de la legisladora Mabel Concha de Llorens Dip. La peronista asumió como vocal en el órgano encargado de fiscalizar las elecciones, luego de que se excusara el presidente subrogante de la Legislatura, Regino Amado. El monterizo se alejó de la JEP porque buscará su reelección en la banca.
Concha de Llorens Dip llegó a ocupar el espacio en la JEP tras un proceso bastante particular de selección. En rigor, el lugar natural del Poder Legislativo en la Junta corresponde al presidente de la Cámara. En este caso, el vicegobernador. Pero como Juan Manzur (ministro de Salud de la Nación) se encuentra de licencia y también busca su reelección, debió abrirse la línea de sucesión. El problema es que sólo tres legisladores no se postulan para los próximos comicios: Concha de Llorens Dip, Paula Khoder (PJ) y Jorge Mendía (UCR).
Y si bien la elegida no es candidata, sí lo es su esposo: Iván Llorens Dip integra la lista del Frente para la Victoria de postulantes legislativos por el Oeste. Con ese fundamento, el apoderado del radicalismo, Daniel Ponce, presentó la recusación con causa. Según sostuvo, el artículo 16 del Código Procesal y Comercial -rige supletoriamente- establece entre las causales de recusación que el juez o sus parientes consanguíneos -entre ellos su cónyuge- tengan "interés en el pleito o en otro semejante".
"Claramente está inhabilitada a los fines de la integración del máximo órgano electoral provincial. La recusada no ofrece la garantía de imparcialidad y objetividad, presupuestos imprescindibles para el debido proceso", consideró el abogado en su presentación.
Este planteo suma incertidumbre respecto de la conformación del estratégico órgano, toda vez que la JEP pudo integrarse luego de un traumático proceso. Principalmente, por el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que declaró inconstitucional la integración, con mayoría del poder político, de la JEP. Finalmente, el Gobierno desistió del litigio e impulsó la sanción de una ley mediante la que se rediseñó la Junta y se le devolvió la integración anterior a la reforma constitucional de 2006. Esto es, con el presidente de la Corte Suprema, el titular de la Legislatura y el ministro fiscal (funcionario judicial).
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