Las novedades en ejecución

Por Redacción Política 27 Marzo 2011
Los "acoples" electorales nacieron con la Constitución de 2006 y se aplican a partir de los parámetros fijados en las "Bases del Régimen Electoral", a los que se remite la Ley Electoral 7.876. Correlativamente, fue abolido el sistema de lemas y sublemas, cuya restitución está prohibida por la Norma Fundamental. La creación del Ente Cultural es un mandato constitucional acatado por el Gobierno. En cuanto al Poder Legislativo, se actualizó su composición (pasó de 40 a 49 miembros); se extendió el período de sesiones ordinarias (ahora va de marzo a junio y de septiembre a diciembre; antes, de abril a mayo y de septiembre a octubre); se dio fueros a ediles e intendentes y se amplió la inmunidad de los legisladores para sus actuaciones dentro y fuera del recinto. El vicegobernador, además, puede presentar proyectos de ley y es quien regula la dieta de los parlamentarios (antes se hacía por ley y de una composición legislativa para la siguiente). El Tribunal de Cuentas y la Defensoría del Pueblo tienen rango constitucional, al igual que los Decretos de Necesidad y Urgencia. Y, como es obvio, rige la reelección y se empleará la re-reelección por única vez (cláusula transitoria).

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