Si le preguntáramos a un ciudadano común "¿a quien le encomendaría controlar las elecciones en la provincia?" tendríamos varias respuestas, pero una sola coincidencia: "a nadie que tenga interés en el resultado de la elección" o, dicho de otro modo, "nunca se la daríamos al que gobierna y, además, se postula como candidato para seguir gobernando?".
Esa es la importancia del fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que declaró la inconstitucionalidad y la nulidad de la conformación de la Junta Electoral Provincial en manos del oficialismo.
¿A quién se le ocurrió semejante idea, que puso a Tucumán una vez más como ejemplo del atropello a las instituciones? A una Convención Constituyente de 2006 integrada por 31 funcionarios públicos en ejercicio (16 legisladores, 1 diputada nacional, 2 funcionarios del ejecutivo, 3 ediles, 8 intendentes, 1 funcionario municipal) y por 3 cónyuges de funcionarios públicos y aprobada por dictamen unánime de la Comisión (que estaba integrada en su totalidad por convencionales del partido en el gobierno, quienes también eran -todos- funcionarios en ejercicio), y sin que el miembro informante brindara en la sesión plenaria ninguna explicación respecto de aquel proyecto.
Con esta disposición constitucional -hoy nulificada por el fallo-, el oficialismo sería la autoridad que recibiría y validaría los partidos y candidatos, el registro de los electores y las campañas; organizaría y conduciría la votación; contaría los votos; definiría los ganadores; resolvería las controversias, etcétera.
Como muy acertadamente y en lenguaje futbolero lo dijo el convencional del Partido Obrero -Daniel Blanco-, en la sesión de la Convención del 23 de mayo de 2006, "esto es como si en un partido de fútbol el referí fuese parte de la comisión directiva de alguno de los equipos que disputan el encuentro".
Si esta disposición siguiera en pie, si no hubiera ciudadanos y jueces capaces de advertir y limitar tanto desenfreno, hoy la sociedad podría preguntarse: "entonces, para qué votar?" Y la respuesta es clara: para curar esta democracia con los votos, muchos votos, que nos aseguren que nuestros representantes serán "nuestros" y no "de ellos".
Esa es la importancia del fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que declaró la inconstitucionalidad y la nulidad de la conformación de la Junta Electoral Provincial en manos del oficialismo.
¿A quién se le ocurrió semejante idea, que puso a Tucumán una vez más como ejemplo del atropello a las instituciones? A una Convención Constituyente de 2006 integrada por 31 funcionarios públicos en ejercicio (16 legisladores, 1 diputada nacional, 2 funcionarios del ejecutivo, 3 ediles, 8 intendentes, 1 funcionario municipal) y por 3 cónyuges de funcionarios públicos y aprobada por dictamen unánime de la Comisión (que estaba integrada en su totalidad por convencionales del partido en el gobierno, quienes también eran -todos- funcionarios en ejercicio), y sin que el miembro informante brindara en la sesión plenaria ninguna explicación respecto de aquel proyecto.
Con esta disposición constitucional -hoy nulificada por el fallo-, el oficialismo sería la autoridad que recibiría y validaría los partidos y candidatos, el registro de los electores y las campañas; organizaría y conduciría la votación; contaría los votos; definiría los ganadores; resolvería las controversias, etcétera.
Como muy acertadamente y en lenguaje futbolero lo dijo el convencional del Partido Obrero -Daniel Blanco-, en la sesión de la Convención del 23 de mayo de 2006, "esto es como si en un partido de fútbol el referí fuese parte de la comisión directiva de alguno de los equipos que disputan el encuentro".
Si esta disposición siguiera en pie, si no hubiera ciudadanos y jueces capaces de advertir y limitar tanto desenfreno, hoy la sociedad podría preguntarse: "entonces, para qué votar?" Y la respuesta es clara: para curar esta democracia con los votos, muchos votos, que nos aseguren que nuestros representantes serán "nuestros" y no "de ellos".








