Un proyecto debilita la inamovilidad de los jueces
Según la oposición, constituye una seria amenaza contra la independencia que se pretenda examinar por escrito a los magistrados federales . Muchos dirigentes opositores se habían comprometido en 2009 a impulsar la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación para devolverle equilibrio a su composición. No obstante, el oficialismo les ganó de mano: el diputado Rossi presentó un polémico proyecto que busca que los jueces demuestren periódicamente que siguen siendo idóneos para administrar justicia.
UNA PROPUESTA PELIGROSA. La iniciativa del Frente para la Victoria comprende a todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación. LA GACETA / JUAN PABLO SANCHEZ NOLI
22 Marzo 2010 Seguir en 
Fortalecida después de las elecciones del 28 de junio de 2009, la oposición se propuso emprender la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación que, en 2006, por iniciativa de la actual presidenta, Cristina Fernández de Kirchner -entonces era senadora-, fue reestructurado en su composición para darle mayor peso al estamento político. No obstante, los oficialistas, disgustados por algunas sentencias que les resultaron adversas (en particular, las que suspendieron los efectos de los decretos de necesidad y urgencia que disponían de reservas del Banco Central para el pago de deuda externa), contraatacaron rápidamente.
Fue así como el diputado Alejandro Rossi (hermano de Agustín, titular del bloque del Frente para la Victoria en la Cámara Baja), presentó un proyecto de ley para que los jueces federales rindan un examen escrito cada cuatro años; un sistema de evaluación periódica rige actualmente, por ejemplo, en la provincia de Neuquén (ver "En Neuquén..."). El diputado tucumano Gerónimo Vargas Aignasse también suscribió la iniciativa.
Esta propuesta genera mucha polémica, porque, además de ser interpretada por la oposición como un intento por someter a la Justicia, es considerada incompatible con la garantía de la inamovilidad de la que gozan los magistrados mientras dure su buena conducta, según lo establece el artículo 110 de la Constitución nacional.
Los oficialistas esgrimen que el proyecto, que apunta a modificar la Ley 26.080, sólo busca corroborar que los jueces siguen siendo idóneos para la función para la que fueron designados y que "la mantienen durante el ejercicio del cargo". Como consecuencia, según la iniciativa, la comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura debería llevar adelante las evaluaciones mediante la conformación de jurados evaluadores; en lo posible, por fueros. En el caso de que el magistrado no alcanzara el 60% del puntaje total previsto para la prueba, se consideraría que media causal inexcusable de desconocimiento del derecho, y se elevaría un informe a la Comisión de Disciplina y Acusación del propio Consejo para que, a su vez, solicitara la remoción ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Los opositores no dejan de vincular el proyecto con las reiteradas embestidas de la Presidenta que, ante las medidas cautelares que bloquearon el uso de las reservas del BCRA, se quejó por una supuesta conspiración mediática-opositora-judicial. Por eso, advierten que la iniciativa únicamente persigue condicionar la independencia de los magistrados que, en el momento de decidir las causas llevadas a su conocimiento, lo harán teniendo presente que cada cuatro años serán evaluados por un órgano de composición pluriestamental (el Consejo de la Magistratura) en el que actualmente siete de sus 13 miembros responden al sector político.
Pactos internacionales
También la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, y la Federación Argentina de la Magistratura (FAM) han rechazado terminantemente la propuesta, a la que consideran incompatible con las previsiones constitucionales y de los pactos internacionales suscriptos por la Argentina que gozan de rango constitucional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Esta, en su artículo 8, dedicado a las "Garantías judiciales", determina: "toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial".
En nuestro sistema, la función judicial está revestida de una serie de garantías, como la inamovilidad de los jueces mientras no incurran en una causal de remoción (mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones y crímenes comunes, según prevé el artículo 53 de la Constitución) y la intangibilidad de las remuneraciones que perciben. Estos resguardos no son privilegios personales, sino condiciones de buen funcionamiento, establecidas para asegurar que quienes concurren a los tribunales obtengan sentencias justas e imparciales. Lo que se pretende, en definitiva, es "un Poder Judicial independiente e idóneo, alejado de las presiones político-partidarias y de los factores de poder económicos o sociales", como enseña la constitucionalista María Angélica Gelli.
Tradicionalmente, los sistemas de designación de jueces se han dividido entre aquellos que establecen la estabilidad permanente (mientras dure la buena conducta o hasta una determinada edad) y los que propenden nombramientos transitorios, por un período concreto (la Constitución tucumana de 1907, por ejemplo, preveía acuerdos de diez años para los integrantes de tribunales superiores, y de cuatro, para los de primera instancia, agentes fiscales y defensores oficiales). Pero la iniciativa del kirchnerismo intenta combinar ambos: la estabilidad con una suerte de reválida periódica (cada cuatro años). Sus mentores insisten en que es para garantizar un mayor control del requisito de la idoneidad de los magistrados. Para la oposición, tal mixtura es, además de inconstitucional, sólo un intento por lograr la dependencia política total del Poder Judicial.
Fue así como el diputado Alejandro Rossi (hermano de Agustín, titular del bloque del Frente para la Victoria en la Cámara Baja), presentó un proyecto de ley para que los jueces federales rindan un examen escrito cada cuatro años; un sistema de evaluación periódica rige actualmente, por ejemplo, en la provincia de Neuquén (ver "En Neuquén..."). El diputado tucumano Gerónimo Vargas Aignasse también suscribió la iniciativa.
Esta propuesta genera mucha polémica, porque, además de ser interpretada por la oposición como un intento por someter a la Justicia, es considerada incompatible con la garantía de la inamovilidad de la que gozan los magistrados mientras dure su buena conducta, según lo establece el artículo 110 de la Constitución nacional.
Los oficialistas esgrimen que el proyecto, que apunta a modificar la Ley 26.080, sólo busca corroborar que los jueces siguen siendo idóneos para la función para la que fueron designados y que "la mantienen durante el ejercicio del cargo". Como consecuencia, según la iniciativa, la comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura debería llevar adelante las evaluaciones mediante la conformación de jurados evaluadores; en lo posible, por fueros. En el caso de que el magistrado no alcanzara el 60% del puntaje total previsto para la prueba, se consideraría que media causal inexcusable de desconocimiento del derecho, y se elevaría un informe a la Comisión de Disciplina y Acusación del propio Consejo para que, a su vez, solicitara la remoción ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Los opositores no dejan de vincular el proyecto con las reiteradas embestidas de la Presidenta que, ante las medidas cautelares que bloquearon el uso de las reservas del BCRA, se quejó por una supuesta conspiración mediática-opositora-judicial. Por eso, advierten que la iniciativa únicamente persigue condicionar la independencia de los magistrados que, en el momento de decidir las causas llevadas a su conocimiento, lo harán teniendo presente que cada cuatro años serán evaluados por un órgano de composición pluriestamental (el Consejo de la Magistratura) en el que actualmente siete de sus 13 miembros responden al sector político.
Pactos internacionales
También la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, y la Federación Argentina de la Magistratura (FAM) han rechazado terminantemente la propuesta, a la que consideran incompatible con las previsiones constitucionales y de los pactos internacionales suscriptos por la Argentina que gozan de rango constitucional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). Esta, en su artículo 8, dedicado a las "Garantías judiciales", determina: "toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial".
En nuestro sistema, la función judicial está revestida de una serie de garantías, como la inamovilidad de los jueces mientras no incurran en una causal de remoción (mal desempeño, delito en el ejercicio de sus funciones y crímenes comunes, según prevé el artículo 53 de la Constitución) y la intangibilidad de las remuneraciones que perciben. Estos resguardos no son privilegios personales, sino condiciones de buen funcionamiento, establecidas para asegurar que quienes concurren a los tribunales obtengan sentencias justas e imparciales. Lo que se pretende, en definitiva, es "un Poder Judicial independiente e idóneo, alejado de las presiones político-partidarias y de los factores de poder económicos o sociales", como enseña la constitucionalista María Angélica Gelli.
Tradicionalmente, los sistemas de designación de jueces se han dividido entre aquellos que establecen la estabilidad permanente (mientras dure la buena conducta o hasta una determinada edad) y los que propenden nombramientos transitorios, por un período concreto (la Constitución tucumana de 1907, por ejemplo, preveía acuerdos de diez años para los integrantes de tribunales superiores, y de cuatro, para los de primera instancia, agentes fiscales y defensores oficiales). Pero la iniciativa del kirchnerismo intenta combinar ambos: la estabilidad con una suerte de reválida periódica (cada cuatro años). Sus mentores insisten en que es para garantizar un mayor control del requisito de la idoneidad de los magistrados. Para la oposición, tal mixtura es, además de inconstitucional, sólo un intento por lograr la dependencia política total del Poder Judicial.







