22 Marzo 2010 Seguir en 
Esta iniciativa de someter a los jueces federales a exámenes de idoneidad periódicos es abiertamente inconstitucional. Es una forma indirecta de violar el principio de inamovilidad del que gozan los magistrados, que establece la Constitución nacional (artículo 110) como una de las garantías fundamentales de la independencia del Poder Judicial.
No se entiende cuál es la finalidad que persigue este proyecto. En efecto, actualmente, una de las hipótesis que configura la causal de mal desempeño de un magistrado y que habilita la apertura de un proceso de destitución es el desconocimiento notorio del derecho. En virtud de ello, si hubiera sentencias reiteradas que evidenciaran un desconocimiento absoluto del derecho, eso sería causal para que se promoviera un juicio político contra el juez en cuestión.
Desigualdad
Entonces, ¿qué se pretende con estos ’concursos ad hoc’, cada cuatro años, que resultarían sumamente peligrosos? En la cultura política argentina se constituirían en un claro elemento de presión -y hasta de extorsión- de los jueces; precisamente, todo lo contrario de lo que persigue el artículo 110.
A estos exámenes los llevaría adelante el Consejo de la Magistratura, que tiene una composición mixta en la que el estamento político goza de un porcentaje mayoritario en la integración de dicho órgano. Por lo tanto, este mecanismo podría convertirse rápidamente en una forma de dependencia del Poder Judicial o de los jueces respecto del segmento político.
Además, esta iniciativa genera una enorme desigualdad en desmedro del Poder Judicial. Más allá de que nos oponemos al criterio que sustenta a esta propuesta, de imponerse, debería extenderse también a los titulares de los demás poderes del Estado.
No se entiende cuál es la finalidad que persigue este proyecto. En efecto, actualmente, una de las hipótesis que configura la causal de mal desempeño de un magistrado y que habilita la apertura de un proceso de destitución es el desconocimiento notorio del derecho. En virtud de ello, si hubiera sentencias reiteradas que evidenciaran un desconocimiento absoluto del derecho, eso sería causal para que se promoviera un juicio político contra el juez en cuestión.
Desigualdad
Entonces, ¿qué se pretende con estos ’concursos ad hoc’, cada cuatro años, que resultarían sumamente peligrosos? En la cultura política argentina se constituirían en un claro elemento de presión -y hasta de extorsión- de los jueces; precisamente, todo lo contrario de lo que persigue el artículo 110.
A estos exámenes los llevaría adelante el Consejo de la Magistratura, que tiene una composición mixta en la que el estamento político goza de un porcentaje mayoritario en la integración de dicho órgano. Por lo tanto, este mecanismo podría convertirse rápidamente en una forma de dependencia del Poder Judicial o de los jueces respecto del segmento político.
Además, esta iniciativa genera una enorme desigualdad en desmedro del Poder Judicial. Más allá de que nos oponemos al criterio que sustenta a esta propuesta, de imponerse, debería extenderse también a los titulares de los demás poderes del Estado.







