"Sólo he cometido un comportamiento impropio con el cuerpo"

Clinton debió afrontar un proceso de destitución, en el que resultó absuelto, a raíz de las relaciones que mantuvo con Mónica Lewinsky.

Por Redacción Política 17 Enero 2010
La historia de Bill Clinton demuestra hasta qué punto, en algunas sociedades, un escándalo por infidelidad puede tener graves consecuencias institucionales.

En Estados Unidos, debido al "sexgate", como se denominó a su "affaire" con Mónica Lewinsky, Clinton debió afrontar un proceso de "impeachment", el equivalente a un juicio político en la Argentina.

Al jefe de Estado le imputaron abuso de poder, obstrucción a la labor de la Justicia pero, fundamentalmente, perjurio, dado que en un primer momento negó haber mantenido relaciones sexuales con la joven estudiante de Psicología que había efectuado una pasantía -como becaria- en la Casa Blanca.

En octubre de 1998, a partir del testimonio de Lewinsky, que desmintió al entonces presidente, el Congreso resolvió abrir el proceso contra Clinton. No obstante, este, meses después, aseguró elípticamente que había tenido "un comportamiento físico impropio". Esto fue fundamental, para que en febrero de 1999 la Cámara de Senadores lo absolviera del cargo de perjurio por 55 votos contra 45. Lo mismo sucedió respecto del segundo cargo (obstrucción a la Justicia), en el que hubo un empate en 50 puntos, razón por la que no se alcanzó el número necesario para que procediera su destitución.

Otra cultura

Cabe preguntar si en la Argentina, frente a un caso de infidelidad similar, podría haber un escándalo de semejante trascendencia. Amén de las diferencias culturales entre ambas sociedades, algunos constitucionalistas entienden que "acontecimientos que ponen en evidencia actos de la vida privada o conductas que señalan un patrón de comportamiento escandaloso o simplemente desarreglado o indelicado (sic) por parte de los funcionarios públicos, tienen diferente peso a la hora de evaluar la procedencia del enjuiciamiento político según se trate de integrantes del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial". "En este último caso, la apreciación de la causa debe ser más rigurosa", argumenta María Angelica Gelli.

Según la jurista, la mayor rigurosidad respecto de los magistrados se debe a que permanecen en sus cargos mientras dure su buena conducta (lo que implica que la mala conducta constituye una causal sólo aplicable a ellos), mientras que el presidente sólo es inamovible por el período para el que fue elegido y removible sólo por mal desempeño, o por la comisión de delitos.

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