La aclaratoria judicial ocupó sólo una foja

Por Redacción Política 26 Agosto 2009
Mediante una escueta resolución de apenas una única foja, los vocales de la Corte aclararon que sólo han declarado inconstitucional y nula la última parte del artículo 80 de la Constitución de 2006.
Los vocales Antonio Gandur, René Goane, Alberto Brito, Antonio Estofán y Claudia Sbdar precisaron que la invalidación sólo comprende la parte final de la disposición constitucional, que dice: "la Corte tendrá competencia originaria y exclusiva para entender la revisión judicial de los actos administrativos ejecutados de conformidad y con la aprobación del Tribunal de Cuentas". La aclaración fue efectuada en tres causas; dos de ellas, promovidas por la empresa Batcon SRL y la tercera, por José Agustín Iramain.
La precisión tiene importancia porque, en un primer momento, en las tres causas, por un error material, en la parte resolutiva de las sentencias, se fijó que la declaración de inconstitucionalidad y de nulidad comprendía al artículo 80 en su totalidad. Esto, en los hechos, hubiera significado la abrogación del Tribunal de Cuentas, porque los cinco incisos de tal norma fijan sus atribuciones.

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