La encrucijada judicial en un caso complejo

21 Agosto 2009
El 30 de diciembre de 2004, nadie había pensado en que el local bailable República de Cromagnon no reunía las condiciones exigidas por la normativa y además había mucho más público del que podía ingresar. Como consecuencia de un incendio que se produjo mientras se desarrollaba un recital de la banda de rock Callejeros, murieron 194 personas. A partir de esa tragedia que le costó un juicio político y la destitución al entonces intendente de la ciudad de Buenos Aires, los municipios de casi todo el país reaccionaron y comenzaron a exigir a los locales bailables distintos elementos y los controles se volvieron rigurosos en un comienzo.
Cinco años después del luctuoso suceso y a un año de iniciado el juicio, el Tribunal Oral en lo Criminal 24 condenó a 20 años de prisión al empresario Omar Chabán, considerado responsable del incendio; a 18 años al ex manager de la banda, Diego Marcelo Argañaraz, y similar condena recibió el comisario de la seccional séptima de la Policía Federal, Juan Carlos Díaz, a quienes también definió como garantes de la seguridad de quienes se encontraban en el local esa noche. En la sentencia, los camaristas dieron por probado que el uso de pirotecnia era común dentro del local; que Chabán, así como tomó un micrófono para advertir el peligro, pudo también haberlo hecho para suspender el recital de Callejeros, y que Argañaraz en todo momento quiso darle un "perfil bengalero" a la banda que promocionaba. Como informamos en nuestra edición de ayer, se consideró que los músicos no habían organizado el recital, por lo tanto, no tenían responsabilidad en lo ocurrido. Por otro lado, se condenó a los 15 imputados, al Gobierno nacional y al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires a pagar en el lapso de 10 días la suma de $ 121.600 a los únicos demandantes civiles que fueron admitidos en la causa, la pareja formada por Elvira Carbone y Alberto Urcullu, que perdieron a su hija Soledad en la tragedia.
En los fundamentos, los jueces estimaron que en la noche de la tragedia hubo 4.500 personas -cuando el local estaba habilitado para 1.030- y señalaron que ya había habido tres incendios anteriores en el mismo predio. También condenaron a dos años de cárcel a las ex funcionarias porteñas Fabiana Fizbin y Ana María Fernández, porque desoyeron las alertas de la Defensoría del Pueblo sobre irregularidades en los locales bailables. Sin embargo, no hubo ningún escarmiento para quienes dispararon las bengalas en el interior del local.
El polémico fallo, que provocó incidentes  en la sala de audiencias del Palacio de Justicia y en sus inmediaciones, será apelado por el fiscal, los querellantes y los defensores. En consecuencia, nadie irá por ahora a la cárcel. Si la resolución en Casación ante la Cámara Federal tampoco los conforma, pueden interponer un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La resolución de esta última es inapelable, razón por la cual en ese momento la sentencia quedará firme y se determinará quiénes cumplirán la prisión efectiva.
Como era de esperar, cualquiera hubiese sido la sentencia, esta iba a ser cuestionada por las partes involucradas, porque es muy difícil calmar el dolor de las 194 familias de las víctimas. Un padre, cuya hija murió en el incendio, le dijo a LA GACETA: "Siempre pensamos que acá, la Justicia trabaja de una manera que no satisface a todo el mundo, pero hay que respetarla. Más allá del fallo, nuestros hijos no volverán". Hace pocos días, al recordar el 15° aniversario del atentado contra la AMIA, señalábamos que hay crímenes y delitos que permanecen impunes. Sin embargo, en esta ocasión, la Justicia condenó a quienes consideró responsables, lo cual indica que, más allá de las polémicas, el sistema está funcionando.

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