07 Febrero 2003 Seguir en 
Buenos Aires.- El Ministerio de Economía autorizó el traslado del Impuesto a los Débitos y Créditos -conocido como tributo al cheque- a las facturaciones finales del usuario de telefonía fija (servicio ofrecido por Telecom y Telefónica), y dispuso la metodología para definir el monto correspondiente a cada factura, de acuerdo con la resolución publicada ayer en el Boletín Oficial.
La norma establece una fórmula para definir la incidencia mensual del impuesto que podrá trasladarse a la facturación del servicio básico telefónico, similar al mecanismo que se implementó para las empresas de gas.
Telefónica de Argentina era la única empresa que había trasladado a la factura final de sus clientes un porcentaje de lo que pagaban por ese tributo; y mantuvo su postura pese a que la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) la intimó a abstenerse de continuar aplicando ese recargo impositivo.Hasta ayer al mediodía, ningún especialista en comunicaciones se animó a señalar si el resultado final de la fórmula implicaba para los usuarios de Telefónica un incremento o un descuento. Aunque quedó claro que para los clientes de Telecom el traslado conlleva una suba, que probablemente se mida en algunos centavos más por mes.
El secretario de Comunicaciones, Marcelo Kohan, confirmó ayer que nunca estuvo en discusión el derecho de las empresas a establecer el mecanismo para trasladar el justo impacto del nuevo impuesto.
Metodología
Por ello la resolución establece una metodología para definir el impacto que puede trasladarse.
La norma resuelve que los importes ingresados al fisco, en concepto de este impuesto con anterioridad a la fecha de la resolución, quedan comprendidos en el proceso de renegociación de los contratos y tarifas de servicios públicos. El cálculo se realizará a período de facturación vencido, de modo de poder contar con un mecanismo simplificado y de fácil auditoría. (Télam-Especial)
La norma establece una fórmula para definir la incidencia mensual del impuesto que podrá trasladarse a la facturación del servicio básico telefónico, similar al mecanismo que se implementó para las empresas de gas.
Telefónica de Argentina era la única empresa que había trasladado a la factura final de sus clientes un porcentaje de lo que pagaban por ese tributo; y mantuvo su postura pese a que la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) la intimó a abstenerse de continuar aplicando ese recargo impositivo.Hasta ayer al mediodía, ningún especialista en comunicaciones se animó a señalar si el resultado final de la fórmula implicaba para los usuarios de Telefónica un incremento o un descuento. Aunque quedó claro que para los clientes de Telecom el traslado conlleva una suba, que probablemente se mida en algunos centavos más por mes.
El secretario de Comunicaciones, Marcelo Kohan, confirmó ayer que nunca estuvo en discusión el derecho de las empresas a establecer el mecanismo para trasladar el justo impacto del nuevo impuesto.
Metodología
Por ello la resolución establece una metodología para definir el impacto que puede trasladarse.
La norma resuelve que los importes ingresados al fisco, en concepto de este impuesto con anterioridad a la fecha de la resolución, quedan comprendidos en el proceso de renegociación de los contratos y tarifas de servicios públicos. El cálculo se realizará a período de facturación vencido, de modo de poder contar con un mecanismo simplificado y de fácil auditoría. (Télam-Especial)







