01 Diciembre 2002 Seguir en 
Cuando el país supere la prolongada etapa histórica de sus emergencias institucionales, los argentinos podrán observar su pasado y apreciar en toda su dimensión el estilo sorprendente y altamente decepcionante que llegó a tener su vida pública. La última de las referencias ha sido la tercera reforma de la Ley de Acefalía por el Congreso, para permitir que un nuevo presidente de la Nación pueda ser elegido y asumir sus funciones mediante un artilugio jurídico que orilla las disposiciones de los artículos 88, 89 y 90 de la Constitución nacional.
La primera norma de ese carácter -la 252, del 19 de setiembre de 1868- se mantuvo vigente durante casi 107 años, hasta que en 1975 fue menester reformarla para atender otra emergencia provocada también por la crisis interna del Partido Justicialista en el poder.
Ese segundo texto ha sido modificado ahora con el fin de permitir que el presidente electo el próximo 27 de abril, o en la eventual segunda vuelta del 18 de mayo, asuma su cargo una semana después, es decir más de siete meses antes de que finalice el período presidencial vigente y que no pudo cumplir Fernando de la Rúa frente a la dimensión excepcional de la crisis.
Podrá decirse, como efectivamente se sostiene, que este nuevo desvío de la letra y el espíritu constitucional ha sido impuesto por la emergencia que afecta al país, que el gobierno encabezado por Eduardo Duhalde no estaría en condiciones de sobrellevar. Pero ese razonamiento no hace sino confirmar la insuficiencia política de una clase dirigente incapaz de asumir la responsabilidad de acuerdos mínimos para mantener la supremacía de la Ley Suprema en una crisis en la que han tenido mayor o menor protagonismo. Hasta último momento, el engorroso debate de la nueva reforma no pudo ocultar esa realidad, así como tampoco que la irreverente decisión legislativa fuese sospechada de supuesto intento para invalidar la postulación de un precandidato presidencial justicialista.
El asunto, como el calendario electoral aprobado con la misma inspiración, no fue sino otra instancia del duelo que libra el partido oficialista, cuya unidad se ha convertido, por la acción de sus propias jerarquías, en una mera apariencia formal que reclama caudillajes para sobrevivir.
En otras condiciones institucionales esa desgarrante interna partidaria sería poco más que un episodio normal de la competencia política, pero la circunstancia de que en el escenario preelectoral el justicialismo sea visto como sucesor de sí mismo, a pesar de su situación, agrava la incertidumbre que trata de soslayarse mediante esa reforma judicialmente cuestionable.
El hecho de que la modificación del sistema legal de acefalía esté fuertemente asociado a la situación del partido oficialista, no termina de resolver la desconfianza política que afecta las negociaciones del gobierno con los organismos internacionales de crédito y los acreedores alcanzados por la insolvencia financiera del país.
Esa reforma no alcanza a deshacer el nudo gordiano que afecta a su interna partidaria, cuya realización es tan hipotética como vacilante y tortuoso todo lo que se intenta para impedirla, en el marco del conflicto personal de las dos máximas autoridades del justicialismo.
Como se viene señalando insistentemente en la línea editorial de LA GACETA, no bastan para escapar de la crisis las ficciones jurídicas o los seudocompromisos vacíos de voluntad ejecutiva que terminan invariablemente repitiendo la historia, cada vez con plazos más cortos.
El requerimiento mayor se le plantea ya a la ciudadanía que, con la misma energía con que demanda el respeto de otros derechos fundamentales, debe hacerse presente para imponer lo que la Constitución nacional le confiere, en defensa de sus intereses políticos, sin cuya preservación son ilusorios todos los demás.
La primera norma de ese carácter -la 252, del 19 de setiembre de 1868- se mantuvo vigente durante casi 107 años, hasta que en 1975 fue menester reformarla para atender otra emergencia provocada también por la crisis interna del Partido Justicialista en el poder.
Ese segundo texto ha sido modificado ahora con el fin de permitir que el presidente electo el próximo 27 de abril, o en la eventual segunda vuelta del 18 de mayo, asuma su cargo una semana después, es decir más de siete meses antes de que finalice el período presidencial vigente y que no pudo cumplir Fernando de la Rúa frente a la dimensión excepcional de la crisis.
Podrá decirse, como efectivamente se sostiene, que este nuevo desvío de la letra y el espíritu constitucional ha sido impuesto por la emergencia que afecta al país, que el gobierno encabezado por Eduardo Duhalde no estaría en condiciones de sobrellevar. Pero ese razonamiento no hace sino confirmar la insuficiencia política de una clase dirigente incapaz de asumir la responsabilidad de acuerdos mínimos para mantener la supremacía de la Ley Suprema en una crisis en la que han tenido mayor o menor protagonismo. Hasta último momento, el engorroso debate de la nueva reforma no pudo ocultar esa realidad, así como tampoco que la irreverente decisión legislativa fuese sospechada de supuesto intento para invalidar la postulación de un precandidato presidencial justicialista.
El asunto, como el calendario electoral aprobado con la misma inspiración, no fue sino otra instancia del duelo que libra el partido oficialista, cuya unidad se ha convertido, por la acción de sus propias jerarquías, en una mera apariencia formal que reclama caudillajes para sobrevivir.
En otras condiciones institucionales esa desgarrante interna partidaria sería poco más que un episodio normal de la competencia política, pero la circunstancia de que en el escenario preelectoral el justicialismo sea visto como sucesor de sí mismo, a pesar de su situación, agrava la incertidumbre que trata de soslayarse mediante esa reforma judicialmente cuestionable.
El hecho de que la modificación del sistema legal de acefalía esté fuertemente asociado a la situación del partido oficialista, no termina de resolver la desconfianza política que afecta las negociaciones del gobierno con los organismos internacionales de crédito y los acreedores alcanzados por la insolvencia financiera del país.
Esa reforma no alcanza a deshacer el nudo gordiano que afecta a su interna partidaria, cuya realización es tan hipotética como vacilante y tortuoso todo lo que se intenta para impedirla, en el marco del conflicto personal de las dos máximas autoridades del justicialismo.
Como se viene señalando insistentemente en la línea editorial de LA GACETA, no bastan para escapar de la crisis las ficciones jurídicas o los seudocompromisos vacíos de voluntad ejecutiva que terminan invariablemente repitiendo la historia, cada vez con plazos más cortos.
El requerimiento mayor se le plantea ya a la ciudadanía que, con la misma energía con que demanda el respeto de otros derechos fundamentales, debe hacerse presente para imponer lo que la Constitución nacional le confiere, en defensa de sus intereses políticos, sin cuya preservación son ilusorios todos los demás.







