02 Octubre 2007 Seguir en 
En el escrito judicial, la Fiscalía de Estado cuestionó la marcha del expediente y objetó que la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo nunca haya tomado como prueba válida el certificado de aptitud ambiental otorgado al proyecto de Casino Club por el Consejo Provincial de Economía y Medio Ambiente.
“Al aceptar el sentenciante (la sala) las pruebas cuestionadas, innecesarias ante la existencia del certificado de aptitud, sólo contribuye a dilatar el proceso, generando un perjuicio al Estado y a la sociedad toda al impedir que se concrete la construcción del centro de convenciones, que sí tiene interés colectivo y beneficiará económicamente a la comunidad”, sostiene parte del recurso firmado por la abogada María Josefina Iriarte de Usandivaras, en representación de Fiscalía de Estado.
La letrada se refiere al centro de convenciones que Casino Club debía construir y donar a la Caja Popular de Ahorros, a cambio de la explotación de 1.000 tragamonedas en el hipódromo. “La sentencia en recurso no fundamenta por qué no se consideró el certificado de impacto ambiental, requisito indispensable para la construcción del centro de convenciones. Lo expuesto no sólo afecta el principio de congruencia, sino también el derecho de defensa y la regla del debido proceso, ambos de raíz constitucional”, sostiene.
Finalmente, la Provincia afirma que la sala judicial en cuestión falló de manera diferente en planteos análogos. “La sentencia contra la cual se interpone el recurso de casación asume gravedad institucional. Se justifica esa afirmación en la decisión de la Cámara de rechazar el recurso de revocatoria interpuesto contra la providencia que admite pruebas de informe a la actora (la federación ambiental), en franca contradicción con otros casos análogos”, expresa el Poder Ejecutivo en su recurso.
“Al aceptar el sentenciante (la sala) las pruebas cuestionadas, innecesarias ante la existencia del certificado de aptitud, sólo contribuye a dilatar el proceso, generando un perjuicio al Estado y a la sociedad toda al impedir que se concrete la construcción del centro de convenciones, que sí tiene interés colectivo y beneficiará económicamente a la comunidad”, sostiene parte del recurso firmado por la abogada María Josefina Iriarte de Usandivaras, en representación de Fiscalía de Estado.
La letrada se refiere al centro de convenciones que Casino Club debía construir y donar a la Caja Popular de Ahorros, a cambio de la explotación de 1.000 tragamonedas en el hipódromo. “La sentencia en recurso no fundamenta por qué no se consideró el certificado de impacto ambiental, requisito indispensable para la construcción del centro de convenciones. Lo expuesto no sólo afecta el principio de congruencia, sino también el derecho de defensa y la regla del debido proceso, ambos de raíz constitucional”, sostiene.
Finalmente, la Provincia afirma que la sala judicial en cuestión falló de manera diferente en planteos análogos. “La sentencia contra la cual se interpone el recurso de casación asume gravedad institucional. Se justifica esa afirmación en la decisión de la Cámara de rechazar el recurso de revocatoria interpuesto contra la providencia que admite pruebas de informe a la actora (la federación ambiental), en franca contradicción con otros casos análogos”, expresa el Poder Ejecutivo en su recurso.
NOTICIAS RELACIONADAS







