En cinco comunas, con dos afiliados se forma un partido

El nuevo sistema electoral del "acople" alienta la conformación de otras organizaciones. Según un informe de la Junta Electoral Provincial, en numerosas delegaciones rurales será fácil armar estructuras partidarias.

TRAMITES. Los requisitos para conformar una nueva organización política no son difíciles de superar en la Junta Electoral de la Provincia. LA GACETA / HECTOR PERALTA
TRAMITES. Los requisitos para conformar una nueva organización política no son difíciles de superar en la Junta Electoral de la Provincia. LA GACETA / HECTOR PERALTA
04 Septiembre 2006

Los partidos políticos se vieron revigorizados por la derogación de la Ley de Lemas, puesto que el establecimiento de la "lista única" les devolvió el monopolio efectivo de las candidaturas.
Como complemento, el sistema de "acople", fijado en el nuevo texto de la Constitución provincial (aún no ha sido reglamentado por ley), alienta la conformación de nuevas fuerzas, dado que no estarán obligadas a promover postulantes en todas las categorías ni en todos los distritos: una agrupación podrá impulsar, por ejemplo, sólo una lista de ediles, y "acoplarla" a la boleta de un candidato a intendente de otra.
En el plano de las comunas rurales, la cuestión se simplifica aún más. No sólo porque los partidos comunales pueden promover únicamente candidatos a delegados, sino porque los requisitos legales no plantean grandes exigencias.

Pocas firmas
De acuerdo con datos de la Junta Electoral Provincial, hay cinco poblados del interior donde se necesitará contar con sólo dos afiliados para inscribir un nuevo partido político. (Ver...)
Según la legislación vigente, en el tramo final de los trámites para obtener el reconocimiento de la Justicia Electoral Provincial, las agrupaciones deben afiliar a una cantidad de votantes equivalente al 4 por 1.000 de los votantes de la circunscripción. De allí que en poblados como Teniente Berdina, con poco más de 500 vecinos, sólo se requiera afiliar a dos.
En rigor, partiendo de esta pauta, la constitución de nuevas estructuras políticas legitimadas para promover candidaturas no demanda demasiados esfuerzos. En total, son 62 las comunas rurales donde los requisitos para formar un nuevo partido demandan la presentación de 10 afiliados o menos. Y, como corolario, en ninguna de las 93 delegaciones rurales se necesita confeccionar un padrón interno que reúna a más de 50 vecinos.
Uno de los pasos previos a obtener la personería política consiste en presentar adhesiones de electores domiciliados dentro del radio de acción del partido que se quiere conformar. En ese caso, los apoyos que deben reunirse, por escrito, deben equivaler al 1 por 1.000 de los votantes.
La ecuación da como resultado que en 92 comunas, ese trámite demande recolectar las firmas de menos de 10 personas. La excepción es Cevil Redondo: el número de adherentes asciende a 13.

Comuna más grande que siete municipios

Los partidos municipales se encuentran un escalón por encima de los comunales. Entre sus atribuciones, pueden promover candidaturas de intendentes y de concejales, así como también la de delegados rurales de comunas que se encuentren en el mismo departamento. Por tanto, es de suponerse que debe demandar más esfuerzo inscribir una estructura con este alcance. Sin embargo, los hechos demuestran que no necesariamente es así.
Quienes quieran conformar una agrupación municipal con personería política deben cumplir con los mismos requisitos que los partidos comunales y afiliar al 4 por 1.000 de los electores del ejido urbano en el que actuarán. Y el resultado es que en siete ciudades del interior se deben presentar menos fichas afiliatorias que, por ejemplo, en el poblado de Cevil Redondo. (Ver...)
En efecto, esta comuna rural del departamento Yerba Buena tiene más habitantes (y, por ende, un padrón general de votantes mayor) que La Cocha, Trancas, Graneros, Tafí del Valle y Burruyacu, que son municipios de tercera categoría. Pero también tiene más vecinos que Simoca y Bella Vista, que son municipios de segunda categoría. Así, mientras formar un partido comunal cevilense demanda medio centenar de afiliados, inscribir una fuerza municipal en Burruyacu requiere fichar sólo a 12 votantes.