Rentas estableció una feria fiscal hasta el 28

Una medida similar a la que aplica la AFIP. En este período no se computarán los días hábiles respecto de los plazos procedimentales.

18 Julio 2006
La Dirección General de Rentas entró en feria fiscal desde ayer y hasta el 28 de este mes. En este período no se computarán los días hábiles respecto de los plazos procedimentales, en consonancia con las vacaciones invernales.
La medida, adoptada mediante el decreto 2.111/3 del Ministerio de Economía, aclara que los plazos para la contestación de requerimientos, citaciones y/o actuaciones administrativas notificados durante ese período, comenzarán a correr a partir del primer día hábil administrativo inmediato tras la feria. El decreto faculta a Rentas, mediante resolución fundada, a habilitar días y horas para la realización de determinados actos o trámites, en los casos en que la demora afecte los intereses del fisco provincial.
Asimismo, el organismo podrá disponer la realización de aquellos trámites que resulten improrrogables no sólo para el contribuyente y/o responsable, sino también para la propia Rentas.
El titular de la repartición, Pablo Clavarino, aclaró ayer a LA GACETA que la feria fiscal, similar a la que aplica la AFIP a nivel nacional, no alcanza ni el reenganche impositivo, ni la presentación de declaraciones juradas.







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