Van a la Corte Suprema por la calle que se desafectó para un barrio privado en El Manantial

El legislador Courel presentó un amparo colectivo ya que sostiene que no se acreditó la pérdida de la utilidad pública de un corredor vial que se proyectó al sudoeste de la capital.

UN CAMINO MENOS. Vecinos del barrio Virgen del Valle dijeron que durante décadas usaron ese paso. ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE ÁLVARO MEDINA
UN CAMINO MENOS. Vecinos del barrio Virgen del Valle dijeron que durante décadas usaron ese paso. ARCHIVO LA GACETA / FOTO DE ÁLVARO MEDINA
Martín Soto
Por Martín Soto 24 Agosto 2026

Resumen para apurados

  • El legislador Courel fue a la Corte Suprema por la desafectación de un corredor vial en El Manantial para beneficiar a un barrio privado, alegando falta de utilidad pública.
  • La medida judicial surge tras reclamos de vecinos del barrio Virgen del Valle, quienes utilizaron dicho camino durante décadas antes de que se proyectara el cierre vecinal.
  • El fallo del máximo tribunal definirá el destino del corredor vial y sentará un precedente clave sobre la privatización de espacios públicos en Tucumán.
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La desafectación del dominio público de una fracción de terreno que catastralmente estaba destinada para la construcción de una calle en la comuna de El Manantial llegó a instancias judiciales. Encabezado por el legislador Manuel Courel (Cambia Tucumán), vecinos presentaron una acción de amparo colectivo ante la Corte Suprema de Justicia. Sostienen que las leyes en dicho sentido son inconstitucionales dado que no se acreditó la pérdida de la utilidad pública del paso sobre el cual se proyecta el desarrollo de un barrio privado.

Los vecinos de El Manantial Marcela Heredia y Enrique González, con el apoyo de Courel y el patrocinio del abogado Gabriel Sabaté, presentaron un escrito el pasado viernes para solicitar que se declare la inconstitucionalidad de las leyes 9.992 y 9.994 (modificatoria de la primera), mediante las cuales se autoriza la desafectación del dominio público de una traza vial. Dicho camino atraviesa dos inmuebles de propiedad de la firma Citrusvil S.A., sobre los que se proyecta el desarrollo de una urbanización especial cerrada, según se indicó.

El planteo

“La presente acción persigue asimismo el dictado inmediato de una medida cautelar que suspenda los efectos de la ley impugnada y prohíba todo acto jurídico o material destinado a transferir, escriturar, subdividir, cerrar, ocupar, urbanizar o transformar la traza mientras se sustancia el proceso. La medida resulta indispensable porque la ejecución de la ley puede consolidar una transformación territorial irreversible y tornar ilusoria cualquier sentencia ulterior”, fundamentaron en el objeto de la acción de amparo.

La desafectación que se sancionó como contrapartida para la regularización dominial de familias de El Manantial y de Ohuanta cuenta con unos 650 metros de largo por 10 de ancho, perpendicular a la avenida Vicente Lucci, donde históricamente hubo plantaciones y desde hace unos años se están ejecutando desarrollos inmobiliarios. Igual que lo hizo Courel durante el debate de las leyes, en el escrito se plasmó que el corredor preserva una alternativa de conectividad norte-sur en una zona cuya circulación depende actualmente -en gran medida- de arterias como la ruta 338 (Solano Vera) y la ruta provincial 301, sometidas a niveles crecientes de saturación.

“En el entorno inmediato se proyecta el desarrollo de aproximadamente 280 hectáreas, con una población potencial estimada en alrededor de 35.000 habitantes. Estos datos deberán ser precisados mediante la documentación urbanística y la prueba pericial, pero demuestran desde ahora la dimensión estructural de la decisión impugnada: la Provincia eliminó una reserva vial en el mismo territorio donde la demanda futura de movilidad aumentará de manera sustancial”, remarcaron los denunciantes.

A su vez, consignaron las opiniones de las arquitectas urbanistas Marta Casares y Paula Llomparte, quienes -en diferentes entrevistas con LA GACETA- recomendaron vetar la ley (a la que definieron como regresiva) y opinaron que la cesión de la calle podría consolidar nuevas barreras físicas y funcionales, profundizando fenómenos de fragmentación territorial y social. “Las advertencias técnicas convergen, por lo tanto, en una conclusión relevante: los efectos territoriales previsibles de la medida contradicen la finalidad de interés público genéricamente invocada por la ley; las conexiones urbanas no pueden ser un activo susceptible de ser utilizado para operaciones privadas o compensatorias”, señalaron en la acción de amparo.

Un dictamen clave

Uno de los principales argumentos en los que se apoyaron para acudir a la Corte es el dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior antes de que el proyecto fuera enviado a la Legislatura. Según la presentación, ese pronunciamiento estableció las condiciones que el propio Poder Ejecutivo consideraba necesarias para desafectar un bien del dominio público. El dictamen exigía una “respectiva fundamentación y acreditación de la pérdida de utilidad pública del inmueble” y reclamaba justificar los motivos por los cuales el camino había dejado de cumplir su función de tránsito o conectividad. También planteaba la necesidad de demostrar el beneficio de la operación para la comunidad y la existencia de un eventual interés público compensatorio. El amparo sostiene que ninguno de esos extremos fue acreditado al sancionarse las leyes.

En la presentación se remarcó que no se trata de una opinión vinculante para la Legislatura, pero sí de un antecedente que muestra cuáles eran las variables que el propio Estado había identificado como indispensables antes de eliminar la función pública del corredor.

Un paso que se perdió

En un recurrido realizado por este diario en junio, vecinos del barrio Virgen del Valle (ubicado detrás del inmueble de Citrusvil) reconocen que por el camino hoy no se puede transitar y que hay un canal de desagüe hasta la avenida Vicente Lucci. Sin embargo, advirtieron que no siempre fue así. Dijeron que durante décadas hubo un camino que les permitía llegar de modo directo hasta la Escuela N°12 “Provincia de Chaco”, en San Pablo. Y esa versión está respaldada por registros satelitales disponibles en herramientas de Google.

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