Aumento de agosto para empleados de Comercio: así quedan las escalas salariales

La nueva paritaria fija un aumento del 5,7% para empleados de comercio y una suma extraordinaria que se incorporará a los salarios básicos a partir de diciembre.

Aumento de agosto para empleados de Comercio: así quedan las escalas salariales
Foto: Página 12
Hace 1 Hs

Resumen para apurados

  • Faecys y las cámaras de comercio acordaron en julio un aumento salarial del 5,7% trimestral en Argentina para recomponer los ingresos del sector.
  • La suba se abona en tres tramos de 1,9% mensual más sumas no remunerativas y un bono, tras homologarse el acuerdo trimestral oficializado por el Gobierno.
  • El gremio y los empresarios renegociarán paritarias en octubre, mientras que las sumas extraordinarias se incorporarán a los sueldos básicos en diciembre.
Resumen generado con IA

Durante los últimos días de julio, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) firmó junto a las cámaras representantes de los empresarios del comercio un nuevo acuerdo paritario. Se acordó otorgar una serie de aumentos más una suma no remunerativa que se incorporará a los básicos de los empleados de comercio a partir de diciembre.

La firma fue realizada el 22 y 23 de julio pasados y se homologó en la Disposición 964/2026 publicada en el Boletín Oficial. Se acordó un aumento en tres tramos no acumulativos. Esto implica que se calculará un 1.9% extra sobre los básicos del sueldo de junio. Aparte deben abonarse la suma no remunerativa de $120.000, un bono extraordinario –última cuota– de $25.000, la antigüedad y el presentismo.

Así, la paritaria cerró en un acuerdo de incremento del 5.7% para el trimestre julio-agosto-septiembre. Se acordó un nuevo encuentro para rever la situación de los trabajadores en octubre de 2026. Puede que el patrón se repita para el último trimestre del año, dado que en el trimestre abril-mayo-junio también se había pactado un aumento del 5.7%.

Cuánto cobrarán en agosto los empleados de comercio

Maestranza

Categoría A: $1.160.461

Categoría B: $1.163.793

Categoría C: $1.175.464

Administrativo

Categoría A: $1.172.965

Categoría B: $1.177.971

Categoría C: $1.182.970

Categoría D: $1.197.978

Categoría E: $1.210.482

Categoría F: $1.228.824

Cajeros

Categoría A: $1.177.132

Categoría B: $1.182.970

Categoría C: $1.190.474

Personal auxiliar

Categoría A: $1.177.132

Categoría B: $1.185.469

Categoría C: $1.212.983

Auxiliar especializado

Categoría A: $1.187.140

Categoría B: $1.202.145

Vendedor

Categoría A: $1.177.132

Categoría B: $1.202.148

Categoría C: $1.210.482

Categoría D: $1.228.824

Nuevo recibo de sueldo para empleados de comercio

El Decreto 407/2026 modificó la modalidad de presentación del recibo de sueldo para los trabajadores, por lo que los empleados de comercio también deben haber visto el cambio reflejado a partir de junio. Desde el sexto mes del año, el recibo refleja no solo los haberes percibidos y descontados en el mes, sino el costo que representa cada trabajador para la empresa.

El nuevo recibo de sueldo contiene: primero, información de empleador y trabajador; luego, sección sobre el costo del empleador –contribuciones patronales, conceptos convencionales, resumen del costo laboral y un gráfico de torta que lo representa–; por siguiente, la liquidación salarial correspondiente.

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