Resumen para apurados
- FAECyS y cámaras empresariales acordaron un aumento salarial del 5,7% y un bono de $50.000 para empleados de comercio en Argentina a partir de julio para recomponer ingresos.
- El incremento se abonará en tres cuotas del 1,9% entre julio y septiembre, mientras que el bono se pagará en dos tramos. Además, se diferirá la integración de sumas fijas.
- Las partes se reunirán en octubre para revisar la situación económica. El acuerdo fijará el salario mínimo del sector mercantil tras su pronta homologación oficial.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmaron la revisión paritaria correspondiente a la actividad mercantil. El nuevo acuerdo establece un incremento salarial del 5,7% para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75.
El aumento se aplicará sobre las escalas de remuneraciones básicas tomando como base los valores de junio de 2026, más las sumas de carácter no remunerativo vigentes a esa fecha. Según lo acordado, el incremento se abonará en tres cuotas iguales del 1,9%: la primera con los salarios de julio, la segunda en agosto y la tercera en septiembre.
Bono de $50.000 para empleados de Comercio
Además del incremento salarial, las entidades acordaron el pago de una asignación extraordinaria, no remunerativa y por única vez, de $50.000. El bono se liquidará en dos cuotas de $25.000 cada una: la primera junto con el sueldo de julio de 2026 y la segunda con los haberes de agosto.
El entendimiento también contempla la postergación de la incorporación de la suma fija no remunerativa de $120.000 a los salarios básicos. En lugar de integrarse de una sola vez, se incorporará en seis cuotas mensuales de $20.000 cada una, entre diciembre de 2026 y mayo de 2027. Las sumas pendientes continuarán liquidándose conforme a lo establecido en el acuerdo paritario firmado el 26 de marzo de 2026.
Cuándo volverán a reunirse las partes
El acuerdo tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2026 y las partes se comprometieron a reunirse nuevamente durante octubre para revisar la evolución de las variables económicas y evaluar la necesidad de nuevas actualizaciones salariales.
Finalmente, el documento aclara que los incrementos pactados no serán de aplicación obligatoria para los acuerdos salariales que eventualmente se celebren en la ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego. No obstante, las sumas resultantes del convenio constituirán el salario mínimo convencional una vez que el acuerdo sea homologado.







