ARCA lanzó un plan para regularizar deudas de PyMEs en hasta 18 cuotas

Requisitos, quiénes pueden acceder y cómo adherirse.

OTRA MODALIDAD. El sistema beneficia a pymes.
OTRA MODALIDAD. El sistema beneficia a pymes.
Hace 2 Hs

Resumen para apurados

  • ARCA lanzó en Argentina un plan de facilidades de hasta 18 cuotas para que PyMEs y pequeños contribuyentes regularicen deudas tributarias vencidas hasta junio de 2026.
  • El trámite digital se realiza en el sitio de ARCA con una tasa mensual del 2,75%. No es una moratoria, ya que no quita multas ni intereses, sino que financia los saldos.
  • La medida busca aliviar financieramente a los sectores productivos más afectados. Sin embargo, el incumplimiento de dos cuotas provocará la caducidad y el cobro judicial.
Resumen generado con IA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un nuevo régimen especial para que micro, pequeñas y medianas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro puedan financiar deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social. El plan permite pagar en hasta 18 cuotas y estará vigente hasta el 30 de octubre de 2026.

Las micro, pequeñas y medianas empresas (PyMEs) ya pueden acceder a un nuevo plan de facilidades de pago de ARCA para regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026.

El régimen especial permite financiar obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social en hasta 18 cuotas, con un anticipo reducido y una tasa fija de financiación del 2,75% mensual.

La medida busca aliviar la situación financiera de uno de los sectores más afectados por la coyuntura económica. Sin embargo, ARCA aclaró que no se trata de una moratoria, ya que no contempla quitas de intereses ni de multas, sino únicamente la posibilidad de financiar las deudas.

Quiénes pueden acceder al plan de ARCA

El beneficio está dirigido a:

Micro y Pequeñas Empresas con Certificado MiPyME vigente.

Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2 con la correspondiente caracterización.

Pequeños contribuyentes registrados con el código 547 en el Sistema Registral.

Entidades sin fines de lucro, como asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios e instituciones religiosas.

Qué deudas se pueden regularizar

El régimen permite incluir obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, entre ellas:

Deudas impositivas.

Obligaciones aduaneras.

Recursos de la seguridad social.

Intereses resarcitorios.

Multas.

Cuántas cuotas ofrece el plan

Las condiciones varían según el tipo de contribuyente.

Para micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro

Hasta 18 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social.

Hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones impositivas.

Pago a cuenta del 5%.

Tasa de financiación del 2,75% mensual.

Para medianas empresas (Tramo 1 y Tramo 2)

Hasta 15 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social.

Hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones.

Pago a cuenta del 10%.

Tasa del 2,75% mensual.

En todos los casos, el anticipo y cada una de las cuotas deberán ser de al menos $50.000.

Además, los contribuyentes podrán presentar más de un plan, ya que no existe un límite en la cantidad de adhesiones.

Qué deudas quedaron excluidas

El régimen no permite incluir determinadas obligaciones, entre ellas:

Retenciones y percepciones previsionales.

Anticipos y pagos a cuenta.

Algunos conceptos de IVA vinculados con servicios prestados desde el exterior y servicios digitales.

Aportes a obras sociales (excepto los de monotributistas).

Cuotas de ART.

Seguro de Vida Obligatorio.

Impuestos internos aplicados a los cigarrillos.

Cuotas de planes de pago que ya estén vigentes.

Cómo adherirse al plan de ARCA

La adhesión podrá realizarse hasta el 30 de octubre de 2026.

El trámite es completamente digital y debe efectuarse a través del servicio "Mis Facilidades" de ARCA, seleccionando la opción correspondiente al régimen especial para obligaciones vencidas al 30 de junio de 2026.

La deuda quedará consolidada una vez abonado el pago a cuenta, momento en que el sistema confirmará automáticamente la adhesión.

Cuándo se pierde el beneficio

ARCA informó que el plan caducará automáticamente si el contribuyente:

Deja impagas dos cuotas, consecutivas o alternadas, durante más de 60 días desde el vencimiento de la segunda.

No cancela la última cuota dentro de ese mismo plazo.

En esos casos, el organismo podrá iniciar el proceso de cobro judicial de la deuda pendiente y aplicar, cuando corresponda, las sanciones previstas por la normativa vigente.

Con este nuevo régimen, ARCA busca ofrecer una herramienta para que miles de PyMEs y pequeños contribuyentes puedan regularizar su situación fiscal y acceder a un esquema de pagos más flexible en un contexto económico desafiante.

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