Absolvieron a la joven acusada por la muerte de su bebé

El juez determinó que “Eva” fue víctima de violencia obstétrica al sufrir un parto en un baño del hospital Parajón Ortiz, de Famaillá.

MOMENTO DE TENSIÓN. El juez Matías Graña en el momento que adelantó los fundamentos del fallo absolutorio que dictó ayer.
MOMENTO DE TENSIÓN. El juez Matías Graña en el momento que adelantó los fundamentos del fallo absolutorio que dictó ayer. La Gaceta / Fotos de Analía Jaramillo

La Justicia absolvió a la joven de 21 años que había sido acusada por la muerte de su bebé recién nacido, ocurrida luego de una emergencia obstétrica registrada en el baño de un hospital público de Famaillá. En el anticipo de los fundamentos del fallo, el juez Matías Graña explicó que, a su criterio, no pudo comprobarse que la víctima haya nacido con vida ni que la imputada haya sido la responsable del fallecimiento. En cambio, afirmó que la joven sufrió violencia obstétrica y ordenó al Ministerio Público Fiscal que investigue al médico y a la partera que intervinieron en el episodio por el delito de violación del secreto profesional.

El 7 de noviembre de 2023, “Eva” (apodada de esta forma para resguardar su identidad), una joven de 18 años que cursaba un embarazo de entre 38 y 40 semanas, acudió al hospital Parajón Ortiz, en Famaillá, a causa de un dolor de estómago. La atendió un médico que le diagnosticó lumbalgia, le prescribió un tratamiento analgésico a través de suero y ordenó que quedara internada en observación, sin practicarle estudios ante la posible sospecha de un embarazo. Minutos más tarde, ella ingresó al baño, donde sufrió un parto de emergencia sin recibir asistencia médica.

Después de aproximadamente una hora y media, “Eva” fue auxiliada por su hermana y una amiga. Mientras estaba internada en la guardia del hospital, una empleada de limpieza y un guardia de seguridad encontraron los restos del bebé en el tacho de basura del baño.

La Fiscalía de Delitos Contra la Propiedad y la Integridad Física del Centro Judicial Monteros consideró que la joven luego de dar a luz colocó al bebé en una bolsa de plástico dentro del cesto, cerró la bolsa, provocando su muerte por asfixia. En 2024, la fiscal Mónica García de Targa, imputó a “Eva” como autora del delito de homicidio agravado por el vínculo, mediando circunstancias extraordinarias de atenuación. El viernes pasado, el fiscal Gerardo Salas y el auxiliar César Larry solicitaron que fuera condenada a ocho años de prisión. La defensa de “Eva”, representada por Soledad Deza, Agustín Sabaté y Malena Gato, requirieron la absolución al sostener que había sufrido un parto en avalancha durante una emergencia obstétrica y que eso no podía ser considerado un delito.

Después de analizar las pruebas y los planteos presentados por las partes, ayer el juez Matías Graña resolvió absolver a “Eva”, al considerar que hubo falencias en la investigación que no permitían considerar a la acusada responsable del delito imputado.

Violencia obstétrica

La acusación del MPF establecía que el 7 de noviembre de 2023, “Eva” ingresó al baño del hospital aproximadamente a las 19. El juez señaló que, según se pudo reconstruir de testimonios y los videos de las cámaras de seguridad, en la plataforma fáctica hubo una omisión en el horario, ya que la joven ingresó a la institución a las 17.00. “Este dato es jurídicamente relevante porque ella llega en busca de ayuda con dolor abdominal. A partir del momento en que se le hizo la admisión hay una paciente que asume los derechos que tiene como tal; derechos que en este caso en particular han sido gravemente violentados”, dijo.

ALIVIO. La defensora Soledad Deza abraza a “Eva” después de haber escuchado la resolución del magistrado. ALIVIO. La defensora Soledad Deza abraza a “Eva” después de haber escuchado la resolución del magistrado.

Graña también sostuvo que durante el debate no quedó claro ni cómo fue recibida ni si se le tomaron los parámetros vitales. A su criterio, sí quedó claro que fue brevemente atendida por el médico Miguel Vicente Homet, quien le diagnosticó lumbalgia y le colocó un suero con analgésicos, a pesar de que ella tenía un abdomen prominente y -según su declaración-, le preguntó varias veces si estaba embarazada. “La paciente se fue sola con la vía al baño. Y allí se quedó más de una hora y media sola. Quedó claro que durante ese tiempo que nadie la fue a ver tuvo un parto en condiciones de total abandono, de total falta de asistencia y mal medicada. En ese contexto advierto un caso de violencia obstétrica”, explicó.

Autopsia

Otro de los elementos que analizó el magistrado fue el nacimiento con vida y sobrevida del bebé. La Fiscalía basó parte de su teoría del caso en la autopsia realizada por el médico Roberto Afur. En su informe consignó que la víctima nació con vida y tuvo una sobrevida de tres a cinco minutos. También determinó que falleció asfixiada por sofocación y que encontró aire en el estómago y los pulmones. Sin embargo, Graña cuestionó el informe de la autopsia, ya que -según dijo Afur en el juicio- no consideró que la víctima había recibido maniobras de reanimación (RCP) por parte de la partera Mabel Barrera. “Estas maniobras pueden generar el ingreso de aire. Creo que esa omisión gravísima prácticamente le quita todo el poder convictivo a la autopsia”, consideró.

Además, señaló que la autopsia no realizó exámenes anatomopatológicos, que son fundamentales para descartar falsos positivos en la prueba de flotación gástrica, y dijo que los informes radiológicos, no fueron agregados ni pudieron ser analizados por la defensa. “La autopsia está incompleta y no permite generar la certeza de que la víctima nació con vida y que tuvo una sobrevida de tres a cinco minutos”.

Autoría y culpabilidad

La última parte de la acusación fiscal planteaba que “Eva” habría tomado al bebé, lo habría puesto en una bolsa de plástico dentro de un tacho de basura, habría cerrado la bolsa obstruyendo las vías aéreas y provocando la muerte. “La acusación dice que en el baño había una persona, pero los testigos declararon que en el lugar del hecho había tres: la imputada, su hermana y una amiga. ¿Cómo podemos afirmar quién es la autora?”, cuestionó.

“Estamos hablando de que entre tres y cinco minutos, dentro de un parto con claras condiciones de emergencia obstétrica, una paciente cortó el cordón, tomó a la víctima y cerró la bolsa para producirle la asfixia”, dijo y apuntó contra la falta de medidas para determinar si había restos de ADN de “Eva” en el tacho de basura. “No se secuestró ni se tomaron muestras de la bolsa donde habría estado la víctima, y tampoco se peritaron el tacho y la tapa que habría tocado la imputada. Inclusive una empleada dijo que después de hecho entró al baño y limpió toda la sangre por completo, limpió la escena del hecho sin que haya sido peritada. Si se podía determinar quién puso a la víctima en la bolsa, pero no lo hicieron”.

Por último se refirió al estado de vulnerabilidad en el que se encontraba “Eva” y consideró que habría sido necesario realizar una pericia psiquiátrica de alta calidad para descartar una causal de inculpabilidad. “Se habla de que ella ocultó todo esto, pero lo cierto es que fue al hospital a pedir ayuda. Dos veces fue al baño, cambió la guardia y nadie la fue a ver. Tendría que haberse hecho una consideración específica sobre el contexto personal de la imputada y el contexto del hecho”, concluyó.

Luego de explicar los adelantos de su fallo, el juez resolvió absolver a “Eva” y también remitió actuaciones al Ministerio Público Fiscal para que investigue la posible comisión del delito de violación del secreto profesional por parte de Homet y Barrera, al considerar que ambos podrían haber dado, al inicio del caso, información sobre la imputada que podría haberla perjudicado.

“Esta sentencia deja el mensaje de que las emergencias obstétricas no son un delito, de que no hay que tener vergüenza y hay que defenderse. Es duro tener que explicar que nuestro cuerpo no es un arma homicida, pero creo que de a poco este caso ayuda a que mujeres que estuvieron en la misma situación y hayan sido culpabilización busquen ayuda y se defiendan porque al final, aunque sea tarde, hay justicia”, manifestó Deza en diálogo con LA GACETA.

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