Prestación por Desempleo de Anses: cuánto se cobra en mayo de 2026 tras el aumento

El beneficio de Anses contempla dos líneas de pago a las que pueden aplicar extrabajadores de la construcción o en relación de dependencia.

Prestación por Desempleo de Anses: cuánto se cobra en mayo de 2026 tras el aumento Foto: LA Times

Resumen para apurados

  • Anses actualizó en mayo de 2026 los montos de la Prestación por Desempleo en Argentina, elevando el pago máximo a $363.000 para trabajadores de la construcción y de dependencia.
  • El ajuste del 1,45% responde a la suba del Salario Mínimo, Vital y Móvil. La asistencia varía entre 2 y 12 cuotas según los aportes y la antigüedad laboral de los beneficiarios.
  • La medida fortalece la red de seguridad social. Se mantiene el beneficio de seis cuotas adicionales para mayores de 45 años, facilitando la contención económica de este sector.
Resumen generado con IA

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) otorga una ayuda social a las personas que se encuentran desempleadas mientras buscan un nuevo trabajo. El programa, conocido como Prestación por Desempleo, otorga una suma fija a los destinatarios durante algunos meses. En mayo, el beneficio tuvo un incremento, por lo que la suma a percibir será mayor.

La mayoría de los programas de Anses establecen sus haberes siguiendo la inflación indicada en el Índice de Precios al Consumidor con dos meses de rezago. A diferencia de este programa, la Prestación por Desempleo se guía por el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que tuvo un incremento en los últimos períodos.

En este sentido, el incremento registrado fue del 1,45%. Por eso, los beneficiarios de la Prestación por Desempleo recibirán en mayo un pago diferente al de abril. En esta ocasión, el incremento porcentual llevó al monto máximo que se paga en el programa hasta los $363.000.

Quiénes pueden solicitar la Prestación por Desempleo de Anses

El programa cuenta con dos líneas. La primera está destinada a trabajadores en relación de dependencia –comprendidos en la Ley 24.013 de Contrato de Trabajo– que fueron despedidos sin causa justa, por finalización de contrato o por causas externas. Dentro de esta línea se contempla a los trabajadores permanentes y a los eventuales o de temporada.

El monto y la cantidad de cuotas que se abonarán –que pueden ser entre dos y 12– se calculan según los ingresos y meses trabajados –con aportes– durante los últimos tres años.

La segunda abarca a los trabajadores de la construcción –comprendidos en la Ley 25.371 del Régimen Nacional de la Construcción– que se encuentran desempleados por haber sido despedidos sin causa justa o por finalización de obra. El requisito es tener al menos ocho meses de trabajo con aportes en los últimos dos años anteriores al despido o finalización de obra.

El monto que se destina a trabajadores permanentes y la cantidad de cuotas –que pueden ser entre tres y ocho– se calculan según los ingresos y meses trabajados con aportes durante los últimos dos años. Los trabajadores eventuales con aportes durante más de un año recibirán el mismo tratamiento que los trabajadores permanentes. Si, en cambio, trabajaron menos de un año, les corresponderá un día por cada tres de servicio.

En todos los casos, los trabajadores mayores de 45 años que hubieran sido desempleados y soliciten la prestación, recibirán seis cuotas más.

Comentarios