31 Julio 2009 Seguir en 
BUENOS AIRES.- El proyecto de ley para limitar los superpoderes del Poder Ejecutivo ingresó al Congreso por el Senado, después del mensaje de la presidenta Cristina Fernández.
Según fuentes parlamentarias, la iniciativa entró a la Cámara Alta la noche del miércoles y ayer se decidía sobre las comisiones a las que será girado para su estudio.
La medida que anunció el miércoles la Presidenta establece un tope a los superpoderes, uno de los puntos más cuestionados por la oposición y que se refiere a la posibilidad de reasignar partidas presupuestarias por parte de la jefatura de Gabinete.
De esa manera, la jefa del Estado reafirmó su intención de disponer de una limitación, como la tiene la Capital Federal, del 5% del Presupuesto respecto del monto disponible para reasignar y así dejará de lado el actual esquema que permite cambiar partidas casi en su totalidad.
"Se busca cerrar un debate artificial que tenía cero asidero en torno a las facultades delegadas al Ejecutivo", sintetizó el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el envío del proyecto de ley.
"Se dio una solución de las más prácticas, que es enviar al Congreso el proyecto por parte del Poder Ejecutivo para que se resuelva", aseveró el jefe de ministros en declaraciones radiales.
Se trata de una reforma al artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que el miércoles fue uno de los ejes del debate de la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, donde se comenzó a discutir la prórroga de la delegación de facultades, que vence el 24 de agosto.
"La diferencia estaba planteada en los superpoderes, según lo que dijeron y debatieron; entonces la Presidenta dijo bueno, saquemos este debate estéril y démoslo por resuelto modificando el artículo 37", subrayó Fernández. En este marco, también defendió la facultad del Ejecutivo de ampliar partidas del Presupuesto por medio de decretos de necesidad y urgencia (DNU), siempre que sean financiadas con incrementos de los recursos propios. "Estamos haciendo las cosas en el marco de la ley", apuntó el jefe de Gabinete, al remarcar que la facultad está contemplada en el artículo 99 de la Constitución.
"Cuando el Estado lleva adelante este tipo de acciones es porque a lo mejor necesita tomar decisiones con celeridad sin llegar al Congreso, que tiene una comisión específica que los revisa (a los DNU)", subrayó Aníbal Fernández.
El proyecto que envió el PEN al Congreso tiene tres artículos, solo uno de contenido y dos de forma. El primero establece sustituir el artículo 37 de la Ley N 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control de Sector Público por una nueva redacción: "la reglamentación establecerá los alcances y mecanismos para efectuar modificaciones a la ley de presupuesto general que resulten necesarios durante su ejecución".
Los otros dos se refieren a que quedan reservadas al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, y que el jefe de Gabinete podrá disponer de las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total de gastos aprobados por la ley de presupuesto. Agrega que el incremento de las partidas que se refieran a gastos reservados y de inteligencia sólo podrá disponerse a través del Congreso. (DyN-Télam)
Según fuentes parlamentarias, la iniciativa entró a la Cámara Alta la noche del miércoles y ayer se decidía sobre las comisiones a las que será girado para su estudio.
La medida que anunció el miércoles la Presidenta establece un tope a los superpoderes, uno de los puntos más cuestionados por la oposición y que se refiere a la posibilidad de reasignar partidas presupuestarias por parte de la jefatura de Gabinete.
De esa manera, la jefa del Estado reafirmó su intención de disponer de una limitación, como la tiene la Capital Federal, del 5% del Presupuesto respecto del monto disponible para reasignar y así dejará de lado el actual esquema que permite cambiar partidas casi en su totalidad.
"Se busca cerrar un debate artificial que tenía cero asidero en torno a las facultades delegadas al Ejecutivo", sintetizó el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández, el envío del proyecto de ley.
"Se dio una solución de las más prácticas, que es enviar al Congreso el proyecto por parte del Poder Ejecutivo para que se resuelva", aseveró el jefe de ministros en declaraciones radiales.
Se trata de una reforma al artículo 37 de la Ley de Administración Financiera, que el miércoles fue uno de los ejes del debate de la Comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, donde se comenzó a discutir la prórroga de la delegación de facultades, que vence el 24 de agosto.
"La diferencia estaba planteada en los superpoderes, según lo que dijeron y debatieron; entonces la Presidenta dijo bueno, saquemos este debate estéril y démoslo por resuelto modificando el artículo 37", subrayó Fernández. En este marco, también defendió la facultad del Ejecutivo de ampliar partidas del Presupuesto por medio de decretos de necesidad y urgencia (DNU), siempre que sean financiadas con incrementos de los recursos propios. "Estamos haciendo las cosas en el marco de la ley", apuntó el jefe de Gabinete, al remarcar que la facultad está contemplada en el artículo 99 de la Constitución.
"Cuando el Estado lleva adelante este tipo de acciones es porque a lo mejor necesita tomar decisiones con celeridad sin llegar al Congreso, que tiene una comisión específica que los revisa (a los DNU)", subrayó Aníbal Fernández.
El proyecto que envió el PEN al Congreso tiene tres artículos, solo uno de contenido y dos de forma. El primero establece sustituir el artículo 37 de la Ley N 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control de Sector Público por una nueva redacción: "la reglamentación establecerá los alcances y mecanismos para efectuar modificaciones a la ley de presupuesto general que resulten necesarios durante su ejecución".
Los otros dos se refieren a que quedan reservadas al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, y que el jefe de Gabinete podrá disponer de las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total de gastos aprobados por la ley de presupuesto. Agrega que el incremento de las partidas que se refieran a gastos reservados y de inteligencia sólo podrá disponerse a través del Congreso. (DyN-Télam)







