La Anmat prohibió el uso y la venta de una solución oftalmológica, tras una denuncia

La Anmat prohibió el uso y la venta de una solución oftalmológica, tras una denuncia

El organismo vetó la distribución del producto conocido como "lágrimas" para los ojos, que causó irritaciones oculares.

imagen ilustrativa. imagen ilustrativa.
11 Julio 2023

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio argentino de una marca de solución salina oftalmológica tras la denuncia de un usuario que sufrió consecuencias adversas al utilizarlo en sus lentes de contacto. El organismo descubrió que el producto no contaba con las autorizaciones correspondientes avaladas por esta entidad.

A través de la disposición 5073/2023, publicada en el Boletín Oficial en las primeras horas del martes, la Anmat informó que la medida supone prohibir “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto: Solución salina, uso oftálmico, Mizu, Laboratorio Santa Prisca, hasta tanto obtenga sus correspondientes autorizaciones”.

En ese sentido, detalló que esas autorizaciones faltantes se correspondían con que no se encontraba registrada ante la Anmat ni en el Registro Nacional de Productores y Productos de Tecnología Médica (Rpptm). Se trata de una empresa radicada en la provincia de Santa Fe.

Además, informa que la investigación surgió el 30 de enero de este año luego de una denuncia realizada por un usuario que había adquirido el producto y que sufrió irritaciones en el ojo después de usarla. “Ingresó a la casilla de correo [email protected] un reporte realizado por un ciudadano, informando que había adquirido una solución salina oftalmológica que utilizó para la limpieza de sus lentes de contacto y que luego de colocarse los lentes le produjo irritación ocular”.

Así es que, tras una verificación de los rótulos de los productos por parte de DIPA se determinó que “tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205, como el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado pertenecen a otra razón social que no cuenta con autorización para elaborar alimentos libres de gluten”.

Por eso, “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de un producto falsificado del que se desconocen sus condiciones de elaboración/ fabricación, sugirió prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del producto”.

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios