Crimen de Fernando Báez Sosa: el abogado de los rugbiers busca hacer caer la causa

Crimen de Fernando Báez Sosa: el abogado de los rugbiers busca hacer caer la causa

El defensor hizo planteos cuestionando el proceso; apuntó a que las primeras indagatorias habían sido falseadas. A la espera de la definición de la Cámara de Casación.

Los rugbiers fueron condenados en febrero de 2023. Los rugbiers fueron condenados en febrero de 2023.
26 Junio 2023

Hugo Tomei, abogado de los rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa, realizó una serie de planteos al sostener que las actas de las primeras indagatorias fueron falseadas una vez ocurrido el homicidio el 18 de enero  de 2020 en Villa Gesell. Con esas presentaciones, el letrado cuestionó el proceso con la idea de revertir la situación de los ocho jóvenes, cinco de ellos con penas a prisión perpetua.

El defensor inició una causa al señalar que las actas de las primeras indagatorias fueron falseadas. Viene sosteniendo esto por el poco tiempo en que se tomaron, tratándose de ocho acusados donde la lectura de la imputación nunca daba un cálculo tan corto en el proceso, y porque dice que hubo una imputación colectiva en contra de los jóvenes.

Los ocho siguen todos juntos detenidos en el penal de Melchor Romero y a la espera de lo que defina la Cámara de Casación Bonaerense en cuanto a que ratifique o no las penas, indicó el periodista Sergio Farella en una nota publicada en Noticiasargentinas.com.

Con base en esas acusaciones, Tomei inició una denuncia que está a cargo del juez de garantías David Leopoldo Mancinelli. Ahora lo recusó porque convalidó en su momento esas indagatorias, según consideró.

"Si hubiesen existido las irregularidades de la entidad que menciona, correspondería haber decretado la nulidad. Y decretada esta, podría abrirse la posibilidad de investigar la posible comisión de delitos de acción pública (siempre siguiendo la hipótesis planteada por los particulares damnificados). Claramente ello acarrearía, una clara incidencia en los actos posteriores (el dictado, por ejemplo, de la prisión preventiva lo que conllevaría a otro delito denunciado: privación ilegal de la libertad)”, ejemplificaron los jueces de la Cámara en lo penal de Dolores.

Según los camaristas, ese “supuesto delito ya ha tenido respuesta, no sólo de parte del Ministerio Público Fiscal en las vistas corridas oportunamente, sino por diversos organismos jurisdiccionales: juez de garantías, esta misma Sala, órganos superiores a esta Sala e, incluso, por el Tribunal que llevó adelante el juicio oral pues, como cuestión preliminar, una vez iniciado el debate, nuevamente desechó la nulidad planteada al respecto".

“De este modo, quiérase o no, de manera directa o indirecta, la desestimación de la denuncia, en el hecho (o delito según el recurrente) que debe acreditarse para tener andamiaje el resto de la presentación, ya ha sido analizada y resuelta, como dije en el párrafo anterior, por diversos órganos jurisdiccionales: se ha establecido la plena validez de las declaraciones que, según el criterio del apelante, fueron falsificadas. Esto significa, reitero, que tal extremo ha sido motivo de análisis, valoración y decisión de la jurisdicción”, agregaron.

En ese sentido, se rechaza la recusación del juez y en el fallo los jueces dan marcha atrás con el fundamento de la defensa en cuanto a que existió delito al inicio de la causa, lo que podría dar pie a derribar el resto de la misma, incluso las condenas.

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