Formosa: la Justicia provincial dio el visto bueno para que el gobernador compita por su octavo mandato

Formosa: la Justicia provincial dio el visto bueno para que el gobernador compita por su octavo mandato

La justicia formoseña rechazó las impugnaciones presentadas desde Juntos por el Cambio. Y ratificó que la Constitución provincial no pone límite a las reelecciones.

El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán El gobernador de Formosa, Gildo Insfrán
05 Junio 2023

Gildo Insfrán tiene el camino allanado, al menos desde su provincia, para gobernar por octava vez si las urnas le responden. Este lunes se conoció que el Tribunal Electoral Permanente (TEP) de Formosa rechazó todas las impugnaciones presentadas por dirigentes de la oposición contra distintos candidatos de diferentes categorías. De este modo, autorizó la candidatura del caudillo ultrakirchnerista.

El TEP ratificó lo estipulado en la Constitución provincial en cuanto a que "el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos", por lo que "no coloca tope temporal ni supedita a condiciones extra articulado".

Una presentación contra Insfrán ante el TEP la había realizado la candidata a intendenta de Formosa de Juntos por el Cambio, Gabriela Neme. A la par, el productor agropecuario Francisco Paoltroni había hecho la suya, una cautelar, ante la Corte Suprema en contra de la reelección indefinida del gobernador.

A su vez, el diputado y candidato a gobernado por JxC, Fernando Carbajal, presentó ante el máximo tribunal una medida cautelar para que se suspendan las elecciones previstas para el 25 de junio, en línea con los fallos sobre los comicios en San Juan y Tucumán, al considerar que el nuevo intento de reelección de Insfrán es contrario a la Constitución Nacional.

Qué se vota y cuándo.

Con relación al cuestionamiento realizado por Neme a Insfrán, quien solicitó al TEP que haga una interpretación del artículo 132 de la Constitución provincial, el tribunal señaló que esa norma "no requiere mayor esfuerzo interpretativo" toda vez que dice textualmente que "el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos".

Los jueces Verónica Hans, Claudio Daniel Moreno y Sandra Moreno consideraron en el fallo que la norma es clara y concisa, indicando la duración en el cargo y la posibilidad de ser reelectos, esto es nuevamente electos.

"No coloca tope temporal ni supedita a condiciones extra articulado", afirma la sentencia judicial, consignada por la agencia oficial Télam.

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