México: La Corte Suprema frenó la reforma electoral de López Obrador

México: La Corte Suprema frenó la reforma electoral de López Obrador

La reforma reduce el personal y el presupuesto del INE, la entidad independiente encargada de organizar los comicios en el país azteca.

 Andrés Manuel López Obrador, presidente de México. Andrés Manuel López Obrador, presidente de México.
25 Marzo 2023

Un duro revés sufrió la administración del presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador. La Corte Suprema de Justicia suspendió la aplicación de la reforma electoral alegando una "posible violación a los derechos políticos-electorales" de la ciudadanía.

A través de un comunicado, el máximo tribunal avaló un recurso presentado por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra las reformas impulsadas por el Ejecutivo y aprobadas en febrero por el Congreso.

"(La Corte) concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados para que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma", señaló el documento.

La medida reduce el personal y el presupuesto del INE, la entidad independiente encargada de organizar los comicios en el país y a la que el presidente acusa de costar mucho dinero a las arcas públicas y de haber tolerado fraudes en el pasado.

En concreto, contemplaba compactar algunas áreas de la entidad, reducir órganos distritales, eliminar la transferencia de votos a los partidos en riesgo de perder su registro (conocida como la vida eterna a los partidos) y poner un techo al sueldo de los consejeros electorales para que no ganen más que los miembros del Gobierno.

También permitía a personas en prisión preventiva votar y se establecían límites a las interpretaciones del INE y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF, encargado de resolver controversias en materia electoral y proteger los derechos político-electorales de los ciudadanos) respecto a las declaraciones de funcionarios que podían considerarse propaganda y por las que se emiten sanciones.

Además, se modificaba el artículo 70 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral para que las manifestaciones expresadas por los políticos no los afecten en los procesos electorales.

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