Procrear II: ¿cómo hay que anotarse en el formulario nuevo?

Procrear II: ¿cómo hay que anotarse en el formulario nuevo?

Hoy se abren las inscripciones para obtener viviendas del programa. Se sortearán 900 unidades funcionales para 18 provincias de todo el país.

Procrear en Yerba Buena. FOTO ARGENTINA.GOB.AR Procrear en Yerba Buena. FOTO ARGENTINA.GOB.AR
21 Septiembre 2022

Según informó el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, desde este 21 de septiembre, a partir de las 10, queda habilitado el registro para acceder a viviendas en Desarrollos Urbanísticos del plan Procrear II.

Las 900 unidades habitacionales serán para 18 provincias de todo el país entre las que se encuentran Buenos Aires, CABA, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

Las viviendas a construir del Procrear II, contarán con excelentes vías de acceso, cercanía a diferentes centros educativos, recreativos y de salud, y una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes, para el desarrollo y crecimiento de las familias argentinas que allí vivan.

Procrear II: Cómo y dónde anotarse al formulario de inscripción

Desde este miércoles a las 10, se habilitará el registro para aquellos interesados en tener alguna de estas viviendas.

Los aspirantes podrán inscribirse a través del sitio web del Ministerio, ingresando al siguiente link: argentina.gob.ar/habitat/procrear/desarrollosurbanisticos#1. Allí encontrará los requisitos y toda la información detallada.

Procrear II: cuáles son los requisitos para la inscripción

- No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.

- No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.

- Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.

- Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

- Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción. Acreditar el estado civil declarado en el formulario excepto el estado civil soltero.

- Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.

- Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente -tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente- entre 1 SMVyM y 10 SMVyM.

- Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.

- Los y las participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

- El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados. Matrimonio/ Unión convivencial/ Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

-Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción. 

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