Cinco puntos para lograr la devolución del 35% de Ganancias en mayo

Cinco puntos para lograr la devolución del 35% de Ganancias en mayo

La liquidación anual podría determinar la restitución o la retención del tributo.

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29 Abril 2022

A partir de mañana, último día hábil de abril de 2022, la mayoría de los empleadores comenzarán a devolver las percepciones del 35% del Impuesto a las Ganancias, que los trabajadores sufrieron durante 2021 y que informaron, previamente, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio del Formulario F572Web.

En una publicación de Infobae.com, se detallaron los cinco puntos que los contribuyentes cumplir para conseguir la devolución plena de las percepciones.

1- ¿Cuándo se devolverán las del 2021?

La Resolución General (AFIP) 4003 determinó que los empleadores tienen tiempo de realizar la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias hasta el último día hábil de abril del año siguiente al período que corresponda.

Esta liquidación podría determinar la devolución o la retención del tributo, que se deberá hacer efectivo en el primer pago posterior a la fecha en que se realice la liquidación y hasta el último día hábil del mes de mayo.

2- ¿Puede el empleador retrasarse en realizar la devolución?

Los empleados pueden presentar el Formulario F572Web del año anterior hasta el 31 de marzo del año siguiente. Así, el empleador tendrá todo el mes de abril para efectuar las liquidaciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año anterior.

Este año la AFIP prorrogó el plazo y los empleados tuvieron tiempo hasta el 13 de abril de 2022 para presentar el Formulario F572Web del año 2021.

3- ¿Se devolverán todas las percepciones que fueron informadas en el Formulario F572Web?

De acuerdo con el tributarista, los empleadores tienen que realizar las liquidaciones anuales y devolver las percepciones del 35% hasta el límite del impuesto que retuvieron durante el 2021.

4- ¿Sólo se tienen en cuenta las percepciones del 35% en la liquidación anual?

No sólo se tienen en cuenta las informadas por los empleados, sino también otra información como las restantes deducciones; cargas de familia y pagos a cuenta, entre otras.

5- ¿Es posible que el empleador retenga el Impuesto a las Ganancias por 2021 aun cuando haya informado percepciones del 35%?

Puede suceder que el empleador retenga una diferencia de Impuesto a las Ganancias aun cuando se hayan informado percepciones del 35%. Esto ocurre debido a que la liquidación anual puede arrojar un impuesto a retener por un monto superior a las percepciones del 35% informado.

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