Una jueza utilizó herramientas visuales y pedagógicas para explicar los Derechos del Niño

Una jueza utilizó herramientas visuales y pedagógicas para explicar los Derechos del Niño

Apartándose del formato clásico de las sentencias judiciales, la magistrada Rey Galindo aclaró que iba a dirigirse de forma preferente a los niños para darles una respuesta amigable a sus pedidos.

TRIBUNALES. Centro Judicial de Monteros. LA GACETA / FOTO DE OSVALDO RIPOLL TRIBUNALES. Centro Judicial de Monteros. LA GACETA / FOTO DE OSVALDO RIPOLL
07 Diciembre 2021

Un juzgado utiliza herramientas visuales y pedagógicas para explicar los principios de la Convención de los Derechos del Niño. Se trata del juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros, donde se dictó una sentencia de egreso progresivo en favor de dos niños que se encuentran actualmente alojados en un Dispositivo de Cuidados Institucionales.

En el documento, además, se les permitió a los pequeños pasar el cumpleaños de uno de ellos junto con su familia de origen. Hasta aquí, la resolución no difiere de otras autorizaciones que se disponen a diario en el fuero pero, para que comprendieran el alcance de esta decisión que tiene un impacto tan profundo en sus vidas, la jueza Mariana Josefina Rey Galindo apeló a imágenes vinculadas al mundo del fútbol y a palabras simples.

Es así que los ejes rectores de la Convención de los Derechos del Niño (el interés superior, la autonomía progresiva y el derecho a la participación plena en el proceso) se convirtieron, con la ayuda de recursos pedagógicos visuales, en los “delanteros” de una “Selección de Derechos”, emulando así a las posiciones que ocuparon en el equipo nacional Messi, Maradona y Tévez, por ejemplo.

Conceptos jurídicos

Con esta lógica, al aplicar plenamente el contenido de la Convención en materia de información, la jueza se hizo eco de las recomendaciones sobre Garantía de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que hizo el Comité Internacional de Derechos Humanos y volvió accesible para los pequeños una serie de conceptos jurídicos extremadamente complejos que, por su edad y grado de madurez, no habrían resultado inteligibles. 

Además, no sólo explica detalladamente en qué consiste cada uno de los principios fundamentales que guían su decisión sino que también brinda el marco normativo que rige los procesos en los que se encuentran involucrados los intereses de personas menores de edad, jerarquizado jurídicamente en las normas convencionales, constitucionales y de derecho interno.

Apartándose del formato clásico de las sentencias judiciales, Rey Galindo aclaró desde un comienzo que iba a dirigirse de forma preferente a los niños para darles una respuesta amigable a sus pedidos. Con un estilo enunciativo claro, las palabras de la jueza dieron los fundamentos de su decisión.

“De esta forma, intento romper las barreras de la comunicación que pudieran existir entre los niños y el sistema judicial -dice la resolución-. La estructura que propongo, en cambio, conlleva un estilo simple y diferenciado, para lo cual apelo a recursos didácticos elementales (como los gráficos y simbólicos) con el propósito de garantizar la tutela judicial efectiva y derecho a estar informados. A ello se suma, que, adecuaciones como las que propongo constituyen una medida tendiente a que la justicia logre su efectividad, tomando en especial consideración las particulares condiciones de los niños y los desafíos y barreras específicas que enfrentan debido a sus circunstancias”.

Por todos estos motivos, la resolución constituye un esfuerzo acabado por dar a conocer el resultado de la tarea jurisdiccional a las personas a las que esta involucra, devolviéndole plenamente al Derecho su función social. Todo ello se hace sin perder de vista que, más allá de que el formato elegido resulta amable y novedoso, la comunicación efectiva es un modo de efectivizar la libertad de expresión y el derecho a la información que la propia CDN le reconoce a cada niño o niña y que debe hacerse -como reza el artículo 13- “sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impresas, en forma artística o por cualquier otro medio elegido por el niño”.

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