Monotributistas: enterate de cómo podés obtener una tablet gratis

Monotributistas: enterate de cómo podés obtener una tablet gratis

Se trata de un programa del Enacom, que también beneficia a jubilados y a beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.

BENEFICIO. Monotributistas podrán obtener una tablet gratis. BENEFICIO. Monotributistas podrán obtener una tablet gratis.
03 Diciembre 2021

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) cuenta con 140.000 tablets para distribuir entre monotributistas, jubilados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), entre otros.

El organismo estableció los requisitos que deben cumplir aquellos que quieran acceder a esta herramienta. Para el caso de los monotributistas, primeramente deben pertenecer a algunas de las categorías estipuladas en el gravamen, y estar al día con todos los pago.

La finalidad del programa "Conectando con Vos" -en cuyo marco se da la distribución de las tablets- es contribuir a la inserción, a la integración y al desarrollo social, mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Las jurisdicciones provinciales y municipales, las asociaciones civiles, las redes comunitarias y otras entidades intermedias con presencia en barrios populares deberán solicitar al Enacom la cantidad de dispositivos que precisan. Es decir, los interesados en recibir una tablet no se podrán inscribir de manera particular.

Las autoridades del Enacom analizarán los pedidos y harán la entrega. El Ministerio de Educación de la Nación evaluará a los beneficiarios del programa "Conectar Igualdad". Cuando se conozcan los destinatarios, estos deberán firmar un contrato de adhesión.

El presupuesto del programa "Conectando con vos" alcanza los $ 3.500 millones.

Podrán recibir tablets de manera gratuita:

- Beneficiarios de la AUH y de la Asignación Universal por Embarazo, los hijos de estos; aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia y los integrantes del grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente.

- Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) -cada SMVM está actualmente en $ 32.000-, los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Usuarios inscriptos en el régimen de Monotributo Social los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM, los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Trabajadores monotributistas, cuyo ingreso anual mensualizado que no supere dos SMVM, los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Usuarios que reciban seguro de desempleo, los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Usuarios que reciban una beca del programa Progresar.

- Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal, los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Beneficiarios de programas sociales y los hijos de estos y aquellas personas de entre 16 y 18 años que estén bajo su tenencia.

- Beneficiarios del programa Conectar Igualdad.

- Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap).

También podrán inscribirse las siguientes entidades y organizaciones:

- Clubes de barrio y de pueblo, registrados según la Ley 27.098.

- Asociaciones de bomberos voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados según la Ley 25.054.

- Entidades de Bien Público -asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal- que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social sin cobrar a los destinatarios, inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (Cenoc).

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