La Corte Suprema reactiva una causa contra Carlos Blaquier por delitos de lesa humanidad

La Corte Suprema reactiva una causa contra Carlos Blaquier por delitos de lesa humanidad

El máximo tribunal revocó la “falta de mérito” que había beneficiado al propietario del ingenio Ledesma y va camino al juicio.

Carlos Blaquier Carlos Blaquier
08 Julio 2021

La Corte Suprema de Justicia revocó una sentencia que había beneficiado con “falta de mérito” al empresario Carlos Pedro Tadeo Blaquier (93), exdueño de la empresa Ledesma y al administrador de la firma Alberto Enrique Lemos (79). Los dos estaban procesados como partícipes de delitos de lesa humanidad, acusados de haber facilitado vehículos que se usaron para la detención ilegal de trabajadores durante la última dictadura cívico-militar, en lo que se conoció como “La noche del Apagón” en Jujuy.

Ahora, Blaquier y Lemos quedan a la espera de un juicio oral por la  privación  ilegal de la libertad de 29 personas, entre marzo y julio de 1976.

Los jueces supremos que firmaron el fallo criticaron a la Sala IV de la Cámara Federal de Casación, que, en marzo de 2015, revocó el procesamiento. Dijeron que no debió haber intervenido y que demoró el proceso indebidamente. Frente al dictamen de “falta de mérito”, la fiscalía y las querellas apelaron. Hace un mes, la Secretaría de Derechos Humanos había reclamado una pronta definición sobre el caso.

Hoy, los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti resolvieron que Blaquier y Lemos deben continuar siendo investigados porque la decisión de Casación que los había beneficiado era inválida.

La Corte le reclamó a la Casación, que ahora tiene otra composición, que dicte de inmediato un nuevo pronunciamiento, que se entiende que debería convalidar que Blaquier vaya a juicio oral. "Lo contrario implicaría posponer el análisis de un agravio –con incierta perspectiva, y en un expediente cuya celeridad resulta especialmente relevante por tener por objeto la dilucidación de delitos de lesa humanidad cometidos hace más de cuarenta años, y cuya investigación fue coartada por múltiples obstáculos legales", resaltaron.

En disidencia, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz se pronunció por no habilitar el recurso. “No se ha demostrado la configuración de una situación de gravedad institucional y la decisión apelada no genera, en modo alguno, una ruptura del compromiso con el juzgamiento de esta clase de delitos”, señaló en su voto.

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