Un tribunal declara inconstitucional la recientemente aprobada ley de Eutanasia en Portugal

Un tribunal declara inconstitucional la recientemente aprobada ley de Eutanasia en Portugal

No obstante, deja abierta la posibilidad de que, a partir de una reformulación, la norma no vaya en contra de la Carta Magna.

POLÉMICA. Un tribunal declara inconstitucional la recientemente aprobada ley de Eutanasia en Portugal. POLÉMICA. Un tribunal declara inconstitucional la recientemente aprobada ley de Eutanasia en Portugal.
15 Marzo 2021

El Tribunal Constitucional de Portugal declaró inconstitucional la eutanasia conforme a la ley que aprobó en enero el Parlamento luso. Sin embargo, no cierra la puerta a una reformulación de la norma porque: "el derecho a la vida no puede convertirse en un deber de vivir en cualquier circunstancia".

Por siete votos contra cinco, el tribunal aprobó un texto que reconoce la legítima tensión entre el deber de protección de la vida y el respeto a la autonomía personal en situaciones límites de sufrimiento.

La Corte propone que se pueda resolver por la vía de opciones político-legislativas, como la anticipación de la muerte asistida por mediación a petición de la propia persona. Para ello demanda al Parlamente leyes claras, precisas, previsibles y controlables.

En cuanto a los casos de sufrimiento extremo, el Constitucional consideró que no se puede determinar con las reglas de la profesión médica, por lo que no ha aplicado la censura constitucional. Sin embargo, los jueces estudiaron la norma en su conjunto y consideraron que es desacorde con el principio de determinabilidad de la ley.

El tribunal responde, de este modo, a una petición de fiscalización preventiva que había sido planteada por el presidente de Portugal, Marcelo Rebelo de Sousa, que había cuestionado la "excesiva indeterminación" de la norma.

La decisión de Rebelo de Sousa fue aplaudida por la derecha y por la ultraderecha portuguesa, y por la Conferencia Episcopal. El Partido Socialista gobernante pedía, sin embargo, serenidad.

El texto -aprobado en enero con 136 votos a favor, 78 en contra y cuatro abstenciones- había sido presentado al presidente, quien luego lo sometió al análisis de la Corte constitucional.

La norma preveía que los portugueses mayores que vivan en su país, y estén en una situación de sufrimiento extremo, que presenten lesiones irreversibles o afectados por una enfermedad incurable puedan, recurrir al suicidio asistido.

La medida establecía que la solicitud del enfermo al final de su vida debía ser validada por varios médicos, así como por un psiquiatra cuando haya dudas sobre la capacidad de la persona a hacer una elección libre y consciente.

Llegado el momento, el médico del paciente debería confirmar una última vez, frente a testigos, la voluntad del paciente de poner fin a sus días.

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