Insólita batalla legal para que no quede libre un detenido por homicidio

Insólita batalla legal para que no quede libre un detenido por homicidio

La magistrada suspendió una audiencia sin tener en cuenta que se le vencía la preventiva. Fue separada del caso por la falla. Por el error, la Justicia sólo pudo concederle el arresto domiciliario.

EL LUGAR DEL HECHO. José María Papa fue asesinado en Thames al 1.200 por tres asaltantes que pretendían quedarse con su moto.  la gaceta / foto de josé nuno (ARCHIVO) EL LUGAR DEL HECHO. José María Papa fue asesinado en Thames al 1.200 por tres asaltantes que pretendían quedarse con su moto. la gaceta / foto de josé nuno (ARCHIVO)

La mora judicial generó una insólita situación en Tribunales. Al acusado de un homicidio, que estuvo prófugo un año y que debe esperar ser enjuiciado por otros tres hechos más, después de una ardua batalla legal, se le dictó el arresto domiciliario, cuando en realidad debería haber quedado en libertad porque se habían vencido los plazos de las prisiones preventivas que le dictaron en los últimos tres años, por un error cometido por una jueza.

José María Papa (de 25 años) trabajaba en una cadena de jugueterías de la capital. El mediodía del 30 de julio de 2016 fue a dejar a su novia en una vivienda del barrio Juan XXIII (“La Bombilla). Luego se dirigió a su casa. Fue interceptado en Thames al 1.200 por tres personas que quisieron robarle la moto. Al parecer, se resistió y le dispararon en el pecho. Murió horas después en el hospital Padilla.

Personal de la división Homicidios investigó el caso y con el testimonio de varios vecinos, fue identificado un adolescente, M.E.R, como uno de los partícipes del hecho. El menor de 16 años habría reconocido que él había estado con otros jóvenes, a los que acusó de haber cometido el crimen. Pasaron más de tres meses hasta que se entregó uno de ellos, Fernando Bravo Coronel, quien responsabilizó a Maximiliano Andrés Véliz como el autor del homicidio. Este último fue capturado en septiembre de 2017 por la Policía después de que permaneciera oculto durante varios meses.

El caso fue investigado por la fiscala Adriana Giannoni. Con los dos mayores tras las rejas, el 23 de octubre de 2017 fue elevada a juicio la causa. Sin embargo, recién en agosto de 2019 el expediente llegó a la Sala III para que se realizara el juicio. El menor era el único que estaba en libertad, mientras que los otros dos continuaban detenidos en el penal de Villa Urquiza, a pesar de que ya se habían superado los dos años de prisión sin haber sido enjuiciados.

De apuro

Por una acordada de la Corte Suprema de Justicia, las causas que se encuentran en el régimen conclusional (hechos ocurridos antes de que se pusiera en vigencia el nuevo código procesal y que no fueron resueltos) en las que están involucrados menores deben ser readecuadas al nuevo digesto y llevadas a un juicio lo más rápido posible.

En los casos es lo que están involucrados mayores y menores, los debates son presididos por un juez especialista en materia juvenil y debe resolver la situación procesal de todos los imputados.

El fiscal Ignacio López Bustos recibió el jueves el expediente para iniciar el proceso y, fundamentalmente, definir la situación de Véliz, porque al día siguiente se le vencía la prisión preventiva, no así a Bravo Coronel. La primera audiencia se programó para el viernes, pero no se desarrolló. La jueza Yudith Solórzano decidió suspenderla porque el menor no se había presentado. Tanto el representante del Ministerio Público Fiscal como la querella y la defensa pública le pidieron que se resolviera la situación procesal del acusado, pero la magistrada no hizo lugar a las peticiones, por lo que el acusado debía recuperar la libertad el sábado.

Hábeas corpus

Se solicitó una audiencia para resolver un hábeas corpus solicitado por la defensora Ana Navarro Vittar para definir la libertad de Véliz. “Mi defendido en estos momentos se encuentra privado de su libertad ilegalmente porque no hay orden de ningún tribunal que ordene que continúe detenido. Se están violando todas las normas vigentes y no tiene la culpa de que una jueza haya tomado esa decisión”, argumentó.

López Bustos coincidió con su colega, pero aclaró además que por la resolución de Solórzano no se permitió ni siquiera resolver la situación procesal de los mayores detenidos. “Entiendo que es un fallo inaudito cargado de parcialidad porque no se permitió definir su situación. Tampoco se les dio la oportunidad a que expresaran su opinión”, señaló.

El juez Facundo Maggio, en su fallo, decidió aceptar parcialmente el planteo de hábeas corpus, pero ordenó que en 24 horas se realizara una nueva audiencia para definir la situación procesal de Véliz, y al mismo tiempo dispuso que Solórzano fuera separada de la causa por la decisión que había tomado. “Debió haberla resuelto y ya existe un fallo que le ordenaba que debe intervenir en este tipo de casos”, argumentó.

El final

No pudieron conocerse los detalles de la audiencia porque los debates en contra de los menores, por orden de la Oficina de Gestión de Audiencia, siguen siendo cerrados para la prensa, a pesar de que no existe ningún impedimento legal para hacerlo. Pero en este caso, el adolescente no participó porque se encuentra prófugo.

El auxiliar fiscal Lucas Maggio realizó una nueva imputación en contra de los acusados y estimó que en 60 días o antes se podría realizar el juicio en contra de los que están sometidos al proceso. Pero lo más polémico llegó cuando se debía definir el futuro del imputado. La defensora Navarro Vittar insistió en la libertad de Véliz, ya que consideró que él no es responsable de la falla que cometió la primera magistrada que intervino en la causa y que ya llevaba dos días detenido ilegalmente.

El representante del MPF, al saber que no podía solicitar una prórroga de la prisión preventiva porque se habían vencido los plazos procesales, argumentando el error de la jueza, solicitó que se le dictara un arresto domiciliario con control remoto (mediante la utilización de pulseras) hasta que se desarrolle el juicio. Maggio argumentó su pedido recordando que Véliz estuvo prófugo durante un año y que además de esta causa, debe ser enjuiciado por una de abuso sexual y otras dos por robo y cuenta con otra en la fiscalía conclusional de integridad sexual.

La jueza Ana María Iácono, que intervino en reemplazo de Solórzano, aceptó el planteo del MPF y no dispuso la libertad deVéliz, pero sí le otorgó el arresto domiciliario. El imputado podrá salir del penal de Villa Urquiza cuando terminen todos los trámites para que le coloquen la pulsera, diligencia que dura entre cuatro y cinco días.


El nuevo sistema

1- La Corte dispuso que las causas en las que estén imputados menores de edad sean resueltas con el nuevo código.

2- En los casos que están acusados adolescentes y mayores, un juez de Menores debe resolver la situación de todos.

3- Los fiscales reciben las causas y realizan, básicamente, la imputación de manera oral para que el juez sepa de qué se trata.

4- Como la mayoría de las causas ya estaban listas para ir a juicio, los magistrados disponen que los debates se harán en 60 días.

5- La mayoría de los casos que se están tratando son los que a los imputados se les vence la prisión preventiva en pocas horas.


Misterio

El prófugo fue testigo en un juicio

M.E.R., el adolescente que se encuentra prófugo de la Justicia, declaró en dos audiencias consecutivas en los últimos días de septiembre. El acusado del crimen de José María Papa fue el testigo clave en el juicio por el homicidio de Alejandra Rojas. El joven contó los detalles sobre cómo su madre fue quemada por un grupo de por lo menos siete personas en el barrio Juan XXIII (“La Bombilla”). No se pudo establecer si el menor ya tenía pedido de captura o si fue solicitada después de que no se presentara en las dos audiencias en su contra. Sí se supo que presentó su documento para declarar.


Más resoluciones

Dos menores seguirán con medidas

Entre el lunes y ayer se resolvieron que dos menores deberán continuar con medidas restrictivas hasta tanto se desarrollen los juicios en su contra. Uno de ellos está acusado del femicidio de Ada Agostina Alascio, ocurrido en agosto de 2019. Se resolvió que el imputado continúe con arresto domiciliario un mes más. En tanto que otro de los sospechados del crimen de Jonathan “Crillin” Ale, registrado en julio, continuará alojado en el Instituto Roca. Los jueces intervinientes les pidieron a los fiscales que los juicios se desarrollen en un mes y seis meses, respectivamente.

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