Objetan la ley de contravenciones policiales

Objetan la ley de contravenciones policiales

Por otra denuncia de violencia institucional, el juez anuló un acta de la Comisaría tafinista.

JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE MONTEROS. Mario Velázquez en su despacho. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo) JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE MONTEROS. Mario Velázquez en su despacho. la gaceta / foto de Osvaldo Ripoll (archivo)
12 Agosto 2020

Un nuevo fallo dejó en evidencia los defectos constitucionales de Ley de Contravenciones Policiales (5.140). En el ámbito de otra denuncia de violencia institucional, Mario Velázquez, juez de Instrucción en lo Penal de Monteros, anuló un acta practicada por la Comisaría de Tafí del Valle el 1 de agosto. El magistrado advirtió que el procedimiento policial cuestionado no se había ajustado a los parámetros de los fallos dictados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte provincial en la causa “Núñez”. “Si bien existe un interés público en que el ejercicio del poder punitivo del Estado logre la máxima eficacia, ese objetivo no debe buscarse ni conseguirse a cualquier precio, mucho menos con la omisión de las reglas legales instituidas”, afirmó.

El pronunciamiento consta en un hábeas corpus presentado el 2 de agosto por los ciudadanos Alejo Ricardo Arreyes, Luis Juárez Zurita, Rubén Alcaraz y Julieta Ricardi Rayen con la asistencia del abogado Carlos Garmendia. La presentación refiere que, en ocasión de intentar denunciar un incendio en La Ovejería, los agentes policiales habrían practicado detenciones ilegales y apremios. Si bien al momento de emitir el fallo, cinco días después de la denuncia, los ciudadanos arrestados con el pretexto de disturbios y agresiones en la Comisaría ya habían recuperado la libertad, Velázquez consideró que correspondía expedirse sobre las impugnaciones dirigidas contra la Ley 5.140, que los legisladores ampliaron la semana pasada para incluir a las noticias falsas (fake news) entre las contravenciones.

Como la norma vigente no ha sido saneada, Velázquez dijo que había que atenerse al fallo “Núñez”: “allí la Corte ha descrito las falencias que tornan ilegal la detención de un ciudadano por parte de la autoridad policial en el ámbito de una falta contravencional e instó a la Provincia a regularizar esta situación que afecta derechos constitucionales esenciales”. En este caso, el juez observó que la Policía había hecho una imputación imprecisa y en ausencia de un abogado, lo que violaba el derecho de defensa. Por ese motivo, anuló el acta de declaración; remitió las denuncias al Ministerio Público Fiscal para que investigue los hechos y exhortó al jefe de la Comisaría de Tafí del Valle a respetar el fallo “Núñez”.

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