Barenbreuker afronta dos pedidos de prisión preventiva

Barenbreuker afronta dos pedidos de prisión preventiva

El fiscal y una de las querellas argumentaron que el empresario violó una medida cautelar. La medida fue solicitada en una audiencia virtual muy trabajosa. Los jueces Arce, Kassar y Páez de la Torre resolverán los planteos.

AUDIENCIA VIRTUAL. Robles y el grupo de víctimas escuchan al fiscal Saltor. AUDIENCIA VIRTUAL. Robles y el grupo de víctimas escuchan al fiscal Saltor.

El empresario Otto Fernando Barenbreuker (h) presentó una solución para los conflictos con fideicomisos inmobiliarios que lo pusieron al borde del juicio oral, pero, lejos de entusiasmarse con esa salida, dos de las partes a las que debía convencer expresaron que la oferta acreditaba la “peligrosidad procesal” del imputado y solicitaron su encarcelamiento precautorio. Este planteo, además del que formuló el defensor Carlos Varela Soria para dejar sin efecto la medida cautelar de no innovar que impide los actos de disposición de los fideicomisos, ha de ser resuelto por la Sala VI de la Cámara Penal, que integran Stella Maris Arce, Wendy Kassar y Emilio Páez de la Torre.

Las novedades tuvieron lugar en la audiencia virtual “multipropósito” de ayer, como la llamó Arce, en la que intervinieron el fiscal, Carlos Saltor, la defensa, y tres representantes de las víctimas: la defensora oficial, Rosa Ana Nosetti, y los letrados particulares, Marcos Rougés y Juan Roberto Robles. El acto, transmitido por la aplicación Zoom, se desarrolló con numerosas dificultades técnicas. La camarista Arce pidió paciencia, disculpas y que hablaran más alto en oportunidades reiteradas. Al final, las partes le aconsejaron que probara con subir el volumen de su equipo.

En esas condiciones trabajosas, Varela Soria dijo que, después de cinco meses de negociaciones, su cliente había “llegado a un acuerdo preliminar” y resuelto transmitir sus derechos a los 14 fiduciantes del edificio de la calle Córdoba 303 de esta ciudad. El defensor explicó que, de esta manera, los adquirentes de unidades “en pozo” iban a recibir más que si la propiedad era rematada. Y añadió que el proyecto estaba a la deriva y que incluso habían ingresado usurpadores, situación que los había obligado a iniciar acciones judiciales. “Los fiduciantes se verán ampliamente resarcidos... Nosotros queremos dar una solución. El acuerdo incluye a la fiduciante Delina Palomo, que participó activamente en las conversaciones”, explicitó.

La defensa de Barenbreuker precisó que habían planteado la oferta por escritura pública para otorgarle seriedad, y que, a esos fines, pedía el levantamiento de la cautelar de no innovar dispuesta por el tribunal en noviembre de 2019 así como extendía la propuesta de transferencia de los derechos de los restantes fideicomisos. A continuación, Rougés dijo que no tenía instrucciones para aceptar o rechazar la oferta, pero que le parecía la consecuencia natural del contrato y no una reparación propiamente dicha. “Sólo la podrían aceptar los damnificados por su decepción con la Justicia”, reflexionó. Nosetti consideró que lo que había presentado Barenbreuker no era ninguna salida alternativa, sino un mero pedido de cese de cautelar: “es otra dilación más, que no resuelve el problema de mi representada, que se quedó sin el único bien que iba a tener”.

Sin vueltas, Robles adujo que la escritura labrada por el escribano público Martín Aníbal Santillán que había presentado la defensa consumaba el delito de falsedad ideológica. “El instrumento menciona a Palomo, pero ella no lo ha suscripto, no ha comparecido y no ha prestado su consentimiento para lo que allí se dispone”, espetó desde su estudio y en presencia de una decena de denunciantes. Y añadió: “esta maniobra busca seguir engañando a quienes dieron su dinero a Barenbreuker y hoy están en la calle. Pese a la existencia de una medida de no innovar, la escritura fue anotada en el Registro Inmobiliario. Ello debe tener consecuencias porque se hizo con el concurso de funcionarios públicos. Ha quedado probada la peligrosidad procesal del imputado, que justifica el pedido de prisión preventiva”.

Tras recordar que debía velar por el interés de la sociedad en el esclarecimiento de este caso complejo, Saltor dijo que la cautelar de no innovar estaba firme y concluyó que Barenbreuker la había vulnerado. El fiscal afirmó, como antes lo había hecho Robles, que la escritura expedida por Santillán había sido inscripta en el Registro Inmobiliario el 4 de marzo de 2020: “con ello hubo una modificación o alteración del estado de cosas”. Y llamó la situación sobre la inclusión de la fiduciante Palomo. “Entiendo que hay una peligrosidad procesal. Por eso apoyo la prisión preventiva”, expresó.

“La detención es irrazonable. Todos aceptaron menos Palomo. Respetuosamente creo que no leyeron la escritura: pido un cuarto intermedio para que vengan los 13 fiduciantes que sí acordaron”, replicó Varela Soria. Después de oír como pudo a las partes, Arce comunicó que el tránsito hacia el juicio oral seguiría suspendido hasta que amaine la pandemia y que las solicitudes “pasaban a estudio del tribunal”. “Nos vamos con las manos vacías”, dijo llorando la querellante Patricia Saracco. Justo antes del cierre del acto virtual, Palomo aseguró: “nunca firmé ese arreglo ni lo voy a hacer. Es un acuerdo ‘descabellante’”.


Claves de un conflicto complejo

1- Barenbreuker debe rendir cuentas por la supuesta comisión del delito de defraudación con fideicomisos inmobiliarios.  

2- Los incumplimientos empezaron hace casi una década e incluyen irregularidades diversas, según reveló una investigación de LG Play.

3- En abril de 2019, la Sala VI de la Cámara Penal dictó la orden de captura del empresario ante el fracaso de las notificaciones.

4- En noviembre, el tribunal quitó al desarrollador inmobiliario la capacidad para disponer de sus fideicomisos mediante una medida cautelar.

5- Un juez civil condenó al imputado a finalizar el edificio de Las Heras mientras que otro ordenó la liquidación del de la calle Mendoza 45.

6- El Tribunal de Ética del Colegio de Arquitectos retiró la matrícula al acusado con el concepto de que este desprestigió la profesión.

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