Di Lella podría recuperar la libertad

Di Lella podría recuperar la libertad

La Corte hizo lugar a un planteo de casación de la defensa Para el máximo Tribunal, no se fundamenta la prisión preventiva contra el condenado. Críticas de Alberto Lebbos.

Eduardo Di Lella, condenado a seis años de prisión por el encubrimiento del crimen de Paulina Lebbos, podría recuperar la libertad a partir de un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la provincia (CSJT). El máximo Tribunal local hizo lugar a un recurso de casación de la defensa del ex secretario de Seguridad del gobierno de José Alperovich, y ordenó a la Sala en lo Penal III que dicte “nuevo pronunciamiento” sobre la prisión preventiva” que viene cumpliendo el ex funcionario.

Tras más de un año de desarrollo del juicio oral por el homicidio de la joven, la Sala III, integrada por Carlos Caramuti, Dante Ibáñez y Rafael Macoritto, dispuso en febrero esa medida cautelar -por un año o hasta que el fallo quede firme- en contra de la cúpula de Seguridad en 2016: Hugo Sánchez (ex jefe de Policía); Nicolás Barrera (ex subjefe); y Héctor Brito (ex titular de la Regional Norte), además de Di Lella (foto).

En la sentencia se señaló que se imponía la prisión preventiva, al existir el riesgo de que los condenados intentaran eludir el accionar de la Justicia durante la ejecución”, y que no sólo se trataba de la obstaculización del proceso. Se hizo hincapié en que los cuatro ex funcionarios guardaban vinculaciones personales con las altas esferas políticas y de seguridad. “Aguardar en libertad hasta que la sentencia adquiera firmeza, (llevaría) a que pudieran eludir la pena aprovechando contactos e informaciones”, se dijo.

Después de la resolución de febrero último, la Cámara rechazó el planteo de casación de la defensa. Así, el letrado Gustavo Morales acudió a la Corte con un recurso de queja.

Con los votos en coincidencia de Daniel Posse, Daniel Leiva y Claudia Sbdar, la CSJT avaló la demanda del defensor Morales, quien sustentó que la preventiva era excepcional y que se dicta cuando se encuentran “probados los extremos de peligro de fuga u obstaculización del proceso y las pruebas”. Según el letrado, el fallo “era arbitrario y nulo, al carecer de fundamentos”.

La Corte tomó como antecedente, entre otros, el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) de la causa “Loyo Freire”. En esa resolución se había sostenido que la sola “pena establecida, sin que se precise las circunstancias concretas de la causa que permitiera presumir, fundamentalmente, que intentara burlar la acción de la Justicia, no constituye fundamento válido para los jueces”.

Así, la CSJT ordenó a la Sala III que dicte un nuevo pronunciamiento. Si en el nuevo fallo se mantuviera los mismos fundamentos, Di Lella recuperaría la libertad bajo condena. A la vez, esta situación lleva expectativas a la defensa de Sánchez, en particular.

Reacciones

“El fallo de la Corte de Tucumán constituye un triunfo jurídico importante para esta parte”, expresó ayer Morales.

El ex secretario de Seguridad se encuentra internado aún en un sanatorio privado por problemas cardíacos. “Se están llevando a cabo los estudios que pidieron los médicos. Una vez concluidos, quedará abstracta la audiencia referida a la prisión domiciliaria”, añadió.

Alberto Lebbos, padre de Paulina, criticó la posición de Posse, Leiva y Sbdar. “En el juicio quedó demostrado la destrucción de pruebas y que los condenados fueron centrales para esas acciones. Además, no está cerrada la investigación del homicidio”, enfatizó.

A la vez, calificó de “peligrosos” a los penados, al considerar que “están vinculados a investigaciones por el crimen que se abrirán en contra de Sergio Kaleñuk (hijo del ex secretario de Alperovich); César Soto (ex pareja de la víctima); Ernesto Atim (era empleado de una agencia de celulares); y Esteban Gómez (hermano de Roberto, absuelto del mismo delito). “Hay que leer el fallo completo, y la Corte no lo hizo”, reprochó.

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