La Legislatura avalará la tercera moratoria de la gestión Manzur

La Legislatura avalará la tercera moratoria de la gestión Manzur

El proyecto del PE llegó el lunes a mesa de entradas y ayer obtuvo el dictamen de Hacienda.

ANTE EL ENTE RECAUDADOR. Los contribuyentes deberán gestionar su adhesión a la moratoria en Rentas provincial. la gaceta / (archivo) ANTE EL ENTE RECAUDADOR. Los contribuyentes deberán gestionar su adhesión a la moratoria en Rentas provincial. la gaceta / (archivo)

A 81 días de las elecciones provinciales, el gobierno de Juan Luis Manzur hace un guiño a los contribuyentes que están atrasados ante la Dirección General de Rentas.

En la sesión del viernes próximo, sobre la base de un proyecto enviado por el Poder Ejecutivo (PE), el oficialismo de la Legislatura y sus aliados darán los votos necesarios para aprobar el tercer régimen de facilidades de pago -o moratoria- de la gestión actual para todos los tributos provinciales.

La iniciativa, que ingresó el lunes a mesa de entradas y ayer recibió dictamen favorable de la comisión de Hacienda y Presupuesto, apunta a establecer “un marco que permita al universo de contribuyentes morosos, por deudas vencidas y exigibles al 28 de febrero de 2019, regularizar sus obligaciones tributarias”. El texto, firmado por Manzur y el ministro de Economía, Eduardo Garvich, destaca “el otorgamiento de planes de hasta 48 pagos parciales e importantes beneficios de reducción y devengamiento de intereses resarcitorios”.

El proyecto no fue mencionado en la reunión de Labor Parlamentaria del lunes, cuando las autoridades legislativas y los jefes de los bloques políticos acordaron el temario de la sesión. Así, alguno de los legisladores de la bancada oficialista deberá solicitar su tratamiento en el recinto, sobre tablas.

El vicegobernador, Osvaldo Jaldo, aseguró en diálogo con LA GACETA que la medida está enmarcada en “la difícil situación económica que atraviesa el país”. “La provincia no está exenta. Por ello, cada día se hace más complicado el cumplimiento de las cuestiones tributarias. Hay gente que se atrasó, no porque quiso, sino porque no pudo pagar. Y el Gobierno les está dando esta posibilidad para que se pongan al día”, detalló el presidente del Poder Legislativo.

El titular de la comisión de Hacienda y Presupuesto, Juan Antonio Ruiz Olivares, confirmó ayer el dictamen favorable a la propuesta del PE. “(Los contribuyentes) tienen plazo hasta (el 31 de) mayo para poder acogerse; con las posiciones vencidas hasta febrero de 2019 pueden ingresar a la moratoria, en la que se contempla una quita importante de intereses y un plazo de cancelación de hasta 48 meses”, señaló. Ante una consulta de este diario, detalló que será válido para todos los tributos provinciales. “Inclusive, para aquellos que están en juicio, y con quita importante de honorarios”, detalló el vicepresidente 1° de la Cámara. Y consideró que, una vez avalado por sus pares, el PE podrá implementarlo “inmediatamente”.

Antecedentes

El primer régimen de facilidades de pago de tributos para morosos de la gestión Manzur fue aprobado el 19 de mayo de 2016, a través de la ley 8.873. El beneficio fue restablecido el 22 de mayo de 2017, mediante la ley 9.013; y fue extendido ese año gracias a dos decretos del Poder Ejecutivo: el 2.401 (en julio) y el 2.720 (en agosto). No se instrumentaron medidas similares durante 2018. Así, esta será la tercera vez que la Legislatura debata el tema por pedido de Manzur.

A lo largo de toda la administración del ex gobernador y actual senador José Alperovich (2003-2015) habían sido implementadas, en total, ocho moratorias.

Según el proyecto de Manzur, se decidió reinstaurar este mecanismo de recaudación debido a las peticiones “formuladas por distintas instituciones no gubernamentales, contribuyentes y responsables en general”. Ayer, Ruiz Olivares consideró que, en estos momentos, la moratoria “es una necesidad”. “La recesión económica en que está sumido el país, con costos fijos muy importantes para los comercios, (genera) que no puedan pagar obviamente los tributos por el achique de la economía y la falta de consumo. Estamos dando una herramienta al PE para que el empresario que quiera estar al día pueda regularizar su situación”, describió.

Claves del régimen de pago de tributos

1. Con vencimiento al 28 de febrero

Se establecerá “con carácter general y temporario la vigencia de un régimen excepcional de facilidades de pago, aplicable para la cancelación total o parcial -al contado o mediante pagos parciales- de deudas vencidas y exigibles al 28 de febrero de 2019 inclusive, en concepto de tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia, incluyendo sus intereses, recargos y multas”.

2. Condiciones para la adhesión

Es condición “ineludible” que los contribuyentes “tengan abonadas y cumplimentadas sus obligaciones tributarias que como tales les correspondan, respecto al tributo que se regulariza, cuyos vencimientos operaron y operen a partir del 1° de Marzo de 2019 -inclusive- y hasta el acogimiento al citado régimen, mediante la suscripción de la facilidad de pago solicitada”. Agrega: “el cumplimiento de esta condición deberá acreditarse fehacientemente” al momento de la solicitud.

3. Hasta el 31 de mayo para solicitar el acogimiento

La fecha de vencimiento para la presentación de la solicitud de acogimiento a la moratoria será el 31 de mayo de 2019, indica el proyecto. Y habilita a la reducción de intereses en favor de los morosos: el 90% por pago al contado; el 70% mediante pagos parciales; y el 80% “mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen en el año calendario 2019, cuando el acogimiento al presente régimen corresponda al primer mes calendario de su vigencia”.

4. Otras quitas sobre los pagos de intereses

Cuando el acogimiento al régimen corresponda al segundo mes calendario de su vigencia, la reducción sobre los intereses será: “80% por pago al contado; 60% mediante pagos parciales; y 70% mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen en el año calendario 2019”. En el tercer mes calendario será: “70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60% mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen en el año calendario 2019”.

5. Condonación de oficio en Sellos sobre automotores

“Quedan condonadas de oficio las deudas correspondientes al Impuesto de Sellos originadas en actos que tengan por objeto la transmisión de propiedad de automotores 0KM en general, y eximidas de oficio las sanciones no cumplidas vinculadas con dichas deudas. De encontrarse judicializadas las deudas y/o sanciones previstas en este párrafo, la cuestión devendrá en abstracto y las costas se impondrán por el orden causado”.

6. En cuotas y con quitas en honorarios

“Los pagos parciales a solicitarse no podrán exceder de 48 (cuotas), salvo para el Impuesto de Sellos y para la Tasa al Uso Especial del Agua, en los cuales la facilidad de pago no podrá exceder de 24 y seis (cuotas), respectivamente”, señala el proyecto. Y prevé una reducción desde 30% y hasta 50% en honorarios “de los representantes y patrocinantes” del Estado, según se encuentren o no regulados y firmes.

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