El pago online plantea un costo adicional para el contribuyente

El pago online plantea un costo adicional para el contribuyente

El pago online plantea un costo adicional para el contribuyente
16 Julio 2017

Agustín Zeppa - Tributarista

Desde hace un tiempo que se vienen adoptando medidas para la bancarización de las transacciones y ampliación de la utilización de las plataformas digitales con el objetivo de eliminar el uso de dinero en efectivo para el pago de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social. Recientemente, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, manifestó que, a partir de 2018, “los pagos de todos los impuestos se deberán hacer de manera electrónica” como parte del proceso de bancarización de la economía y de combate contra la evasión.

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La idea oficial es que todas las agencias de cobro tengan un postnet que le permita a los contribuyentes abonar los tributos con tarjetas de crédito y/o de débito. La idea oficial es poner en marcha, dentro de dos meses, una transacción bancaria inmediata que permita pagar las escrituras de las propiedades, y no depender del efectivo. Para alentar el uso de esa transacción bancaria, también se reducirá la retención que se percibe a cuenta de Ganancias en las operaciones electrónicas, mientras que la alícuota será mayor para quienes lo hagan en efectivo.

Dentro de todo este proceso, no obstante, no se ha contemplado la realidad de las pequeñas empresas del interior que deben afrontar primero el costo de las cuentas. Esto está directamente relacionado con las comisiones que perciben los banco. Pero a ello también hay que agregarle el costo del impuesto al Débito y la retención de Ingresos Brutos, por el consecuente movimiento en las cuentas. En segundo lugar, la decisión del fisco plantea el dilema acerca de cómo tendrán que afrontar sus obligaciones todas aquellas empresas que se encuentran imposibilitadas de apertura de una cuenta. Por último, tampoco se han evaluado las situaciones que agravan este cuadro con los constantes avances tanto por los embargos de los fiscos y por el encarecimiento que se origina con el incremento de las alícuotas de “Recaudación Bancaria” de pagos a cuenta de Ingresos Brutos.

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Con la Resolución General (RG 4084-E), la AFIP da el último paso en este sentido, obligando a los contribuyentes y/o responsables a efectuar el pago de sus obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante volantes electrónicos de pago (VEP) (Artículo 1 de la RG 4084-E).

No obstante, determinadas obligaciones se podrán cancelar utilizando las siguientes formas de pago electrónicas (Art. 2):

• Débito automático, pago telefónico o por “Internet” mediante la utilización de tarjeta de crédito, conforme al procedimiento establecido por la RG 1644.

• Débito en cuenta a través de cajeros automáticos, observando las previsiones de la RG 1206.

• Débito directo en cuenta bancaria, a cuyo efecto deberán solicitar previamente la adhesión al servicio por vía telefónica o en la entidad bancaria en la que se encuentre radicada su cuenta.

• Pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito.

• Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el BCRA e implementado por AFIP.

También se podrán realizar los pagos mediante depósito bancario, utilizando alguno de los siguientes medios:

• Débito en cuenta en pesos.

• Cheque común en pesos, emitido por el titular de la obligación que se cancela a la orden del banco recaudador.

• Cheque de pago financiero en pesos.

• Cheque cancelatorio en pesos.

No hay que olvidar que los trabajadores autónomos y monotributistas también deben efectuar el pago a través de estas modalidades .

Los contribuyentes y/o responsables deberán arbitrar los recaudos necesarios, a fin de gestionar las autorizaciones para habilitar los medios electrónicos en la respectiva entidad de pago. Pero, atento a la resolución general, resulta de suma urgencia que haya un replanteo dentro de la AFIP, con el fin de que se instrumente una cuenta para pagos exclusivos de impuestos y planes de pago que no sea susceptible de embargos. Además, que tampoco pueda ser utilizada para otros fines (que no exista otro tipo de extracción, que tienda evitar operaciones extrañas). Y, finalmente, que esas cuentas sean libre de gastos y de impuestos en su totalidad.

Las declaraciones juradas se calcularán automáticamente

Desde hace tiempo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) viene perfeccionando sus mecanismos de control respecto de la capacidad contributiva de las empresas y de los particulares. El consumo es un termómetro, mediante el cual el fisco suele poner la lupa cuando el gasto se dispara en determinados montos (mayores a $ 3.000 en ciertos casos). En ese contexto, el uso de las tarjetas de crédito y/o de débito suele dejar “huellas” acerca de los gastos que usual o extraordinariamente realiza una persona.

Otra forma de captar las variaciones del patrimonio o de la situación financiera de las personas o compañías es a través de los movimientos en las cuentas bancarias.

Si bien, en la actualidad, el organismo recaudador le da un plazo a los contribuyentes para que efectúen o realicen las declaraciones juradas, dentro de poco puede llevar a determinarse automáticamente.

“La AFIP tiene la base de datos más grande del país; nos llegan datos de todos los rincones: tarjetas, bancos, escribanos, colegios, expensas, registros inmobiliarios, registros automotores, el COT de transporte, importadores y exportadores. En los próximos cuatro o cinco años, el desafío más grande que tiene el organismo es ver qué hacer con toda la información que tenemos”, advirtió el jefe del ente recaudador, Alberto Abad, durante una conferencia con los docentes de Tributación de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

“Estamos intoxicados de información. El desafío ahora es aprender a manejarla para predecir las conductas. Para eso creamos un Centro de Innovaciones, que ya está funcionando, para poder manejar esta Big Data Analitycs, para poder anticiparnos a las conductas de los contribuyentes y predecir sus movimientos”, indicó el funcionario, en una nota reproducida por el sitio Cronista.com.

Abad hacía mención al uso de la tecnología existente para la elaboración de declaraciones juradas proforma, con los datos que cuenta la AFIP y que, en un paso posterior, pueden ser ratificados o recurridos por el contribuyente.

Según el Cronista.com, durante el blanqueo de capitales, impulsado por la actual gestión nacional, se tomaron una serie de parámetros. Por caso, si las personas viajaban más de una vez por año al mismo destino del exterior; si no alquilaban hotel o departamento en aquel destino y, si se cumplían estos parámetros en más de un 95%, entendían que podían tener un inmueble en el exterior sin declarar. No hacía falta ver el departamento y la escritura. Sabían en un 95% que tenía un departamento en el exterior. En función de eso, enviaron 10.000 cartas a personas que cumplían estos parámetros, invitándolos a que blanqueen, y, de aquel total, sólo 6.000 contribuyentes se presentaron.

“Eso no significa necesariamente que estuviéramos equivocados con los otros 4.000. Ahora esperaremos la información que nos traiga el intercambio de información, para ver qué pasó en cada uno de esos 4000 casos que no blanquearon”, recalcó el titular de la AFIP.

más amplio
factura electrónica
Según el fisco nacional, el 90% de las facturas que emiten los contribuyentes son electrónicas. Además, en el proceso de bancarización integral de la economía se generalizó la utilización del PosNet para todos los comercios e industrias. Dentro de algunos meses se incorporarná a este régimen las compras de inmuebles por transferencia bancaria, como las retenciones para quienes paguen en efectivo y beneficios para aquellos que se bancaricen.
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vencimiento
ganancias y bienes personales
El organismo recaudador nacional recordó que el nuevo plazo para presentar la declaración jurada de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales es hasta el 21 de este mes inclusive. No se modifican las fechas para pagar los anticipos, remarcó el ente. Este año podrán utilizarse los nuevos servicios web “Ganancias Personas Humanas Web” y/o “Bienes Personales Web” alternativos al aplicativo unificado de ambos impuestos, versión 18.
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inscripción
registro de exportadores
El Gobierno nacional eliminó el requisito de inscripción en el Registro Nacional de Exportadores a profesionales que vendan al exterior servicios de conocimiento, un rubro que factura al año unos 5.000 millones de dólares. Así lo anunció el Ministerio de la Producción, tras un acuerdo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en una medida que tiene la intención de facilitar y potenciar las exportaciones de bienes no materiales.

Más amplio
Factura electrónica

Según el fisco nacional, el 90% de las facturas que emiten los contribuyentes son electrónicas. Además, en el proceso de bancarización integral de la economía se generalizó la utilización del PosNet para todos los comercios e industrias. Dentro de algunos meses se incorporarná a este régimen las compras de inmuebles por transferencia bancaria, como las retenciones para quienes paguen en efectivo y beneficios para aquellos que se bancaricen.

Vencimiento
Ganancias y Bienes personales

El organismo recaudador nacional recordó que el nuevo plazo para presentar la declaración jurada de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales es hasta el 21 de este mes inclusive. No se modifican las fechas para pagar los anticipos, remarcó el ente. Este año podrán utilizarse los nuevos servicios web “Ganancias Personas Humanas Web” y/o “Bienes Personales Web” alternativos al aplicativo unificado de ambos impuestos, versión 18.

Inscripción
Registro de exportadores

El Gobierno nacional eliminó el requisito de inscripción en el Registro Nacional de Exportadores a profesionales que vendan al exterior servicios de conocimiento, un rubro que factura al año unos 5.000 millones de dólares. Así lo anunció el Ministerio de la Producción, tras un acuerdo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en una medida que tiene la intención de facilitar y potenciar las exportaciones de bienes no materiales.

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