Adiós a los feriados puente: así quedó el calendario 2017

Adiós a los feriados puente: así quedó el calendario 2017

El presidente Mauricio Macri modificó mediante un decreto el esquema de los feriados nacionales.

EN SAN JAVIERA. Este suele ser un punto muy visitado por turistas y tucumanos los fines de semana largos. ARCHIVO EN SAN JAVIERA. Este suele ser un punto muy visitado por turistas y tucumanos los fines de semana largos. ARCHIVO
23 Enero 2017
El presidente Mauricio Macri modificó hoy a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) el esquema de feriados nacionales que se había establecido durante la administración kirchnerista y eliminó los denominados puente, por lo que el número de feriados nacionales por año quedó fijado en 16.

Con la modificación del decreto 1584 de 2010, desde este año, los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior, mientras que los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.

En tanto, seguirán siendo inamovibles los siguientes feriados: 1 de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1 de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

Tras la publicación de la medida en el Boletín Oficial, Presidencia remarcó en un comunicado: “cuando corresponda su traslado de acuerdo con el nuevo régimen, los días 24 de marzo, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, y 2 de abril, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, se promoverán jornadas de reflexión en las escuelas y en los espacios de ámbito público”, detalló la agencia Télam.

En los considerandos del decreto de hoy, el Gobierno recordó que había enviado al Congreso un proyecto para cambiar el régimen de feriados, “pero el mismo no pudo ser oportunamente tratado, aún en sesiones extraordinarias, siendo necesario, en consecuencia, establecerlo conforme las atribuciones otorgadas por el inciso 3 del artículo 99, de la Constitución Nacional, en el marco del procedimiento reglado en la Ley N° 26.122, a fin de brindar a la ciudadanía la posibilidad de planificar sus actividades con la debida antelación”.

Así queda el calendario:

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